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viernes, diciembre 5, 2025

Justifica Tribunal Electoral de Aguascalientes cambios a plurinominales

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • El órgano jurisdiccional explicó sus motivos para cambiar cinco de las nueve posiciones de representación proporcional
  • Fue resultado de correcciones en el cálculo del cociente electoral que  fue aplicado indebidamente por el IEE

 

Los magistrados del Tribunal Electoral de Aguascalientes ofrecieron una conferencia de prensa para defender los motivos de la reconfiguración de diputaciones plurinominales para la LXIV Legislatura del Congreso del Estado.

En la sesión del 10 de agosto, el órgano jurisdiccional cambió cinco de las nueve posiciones de representación proporcional, como resultado de correcciones en el cálculo del cociente electoral que -aseguraron- fue aplicado indebidamente por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE). Aunque este supuesto error sólo alteró una curul, otras cuatro posiciones fueron modificadas en un efecto dominó para cumplir con la paridad de género y por compensación.

Para los magistrados, fue incorrecto que el IEE incluyera al PAN en la suma de porcentajes obtenidos de los partidos políticos para la asignación de “pluris”, siendo que este partido no tenía derecho a participar por encontrarse en una situación de sobre representación.

La magistrada Claudia Díaz de León explicó: “Si tú haces una regla de tres y dices, si 27 diputados es el cien por ciento, tres diputados qué porcentaje es, ese porcentaje tiene que estar dentro de un rango. Hicimos esta regla de tres hasta que vimos con qué número de diputados estábamos adentro de ese rango. Pero si nosotros hacíamos la regla de tres, de tres diputados por cien entre 27, el resultado nos salía por debajo del rango permitido, por eso se ajusta la subrepresentación de uno de los partidos (el PRI)”.

Con el segundo cálculo, el PRI se benefició con una posición extra -que fue retirada al PT- al contar con un porcentaje de 3.22 que se redondeó a cuatro. Héctor Quiroz García (PT) fue sustituido por Elsa Lucía Armendáriz Silva (PRI).

Hechos los cálculos matemáticos de diputados de representación proporcional de cada ronda de votación, se revisaron las mujeres que faltaban para completar, lo que llevó a hacer los cambios comenzando por el partido que obtuvo la menor votación, hasta alcanzar la equidad entre ambos géneros.

De este modo, se modificaron otras dos diputaciones para garantizar la paridad de género en el Poder Legislativo: Silvia Alaniz por Sergio Augusto López (PVEM) y María Guadalupe González Álvarez por Mario Armando Valdez Herrera.

El magistrado Jorge Díaz de León recordó que con las medidas afirmativas de paridad de género aprobadas por el IEE en noviembre de 2017 -acuerdo CG-A-42/17- se buscó garantizar que este principio se cumpliera aún si las disposiciones del Código Electoral resultaban insuficientes para lograr una distribución equitativa: “Las listas de candidatos de representación proporcional que los partidos entregaron, debieron integrarse de manera paritaria y alternada (…).  Si no se garantiza la paridad en el número uno, se toma la número dos hasta lograr la paridad”.

En su momento, el PAN y Movimiento Ciudadano impugnaron estas medidas, con el argumento de que trastocan los derechos políticos de sus candidatos pues en caso de obtener espacios de representación proporcional podían ser removidos para garantizar la paridad de género; sin embargo, ambas impugnaciones fueron desechadas.

La magistrada Claudia Díaz de León destacó que se cedió una curul adicional a una mujer en congruencia con el principio que busca beneficiar al género femenino.

Por compensación, se cambió a Elsa Amabel Landín Olivares (PRI) por Lucía Armendáriz Silva y a  Irma Guillén Bermúdez por Luis Armando Salazar (Morena). Los magistrados consideraron que este último caso no atenta contra lo pactado en convenio de la coalición Juntos Haremos Historia, que -argumentaron- sólo contemplaba la distribución de candidaturas por mayoría relativa, aunque el susodicho fuera registrado bajo las siglas del PES, fue colocado como “mejor perdedor” por militar en Morena.

El presidente del TEEA, Salvador Hernández Gallegos, negó haberse extralimitado en sus funciones con estos movimientos y negó haber hecho cambios a la sentencia luego de que fuera votada por el pleno, a pesar de que así lo denunciaron actores partidistas.

 

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