- Poder Judicial del Estado entrega actualmente alrededor de 50 certificados diarios
- Antes de emergencia sanitaria se realizaban hasta 250 de estos trámites
Desde el pasado viernes 17 de abril se activó de nueva cuenta la ventanilla para proporcionar, a quienes así lo soliciten, la carta de No Antecedentes Penales; el primer día de reinicio de este servicio por parte del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes se entregaron 35 documentos., según información oficial de la dependencia.
Ante la noticia de que este servicio a la ciudadanía se reactivó, al lunes 20 de abril fueron solicitadas y entregadas 80 de estos documentos, y en los días sucesivos se gestionaron alrededor de 50 cartas, un número muy reducido a las entregadas antes de la emergencia sanitaria que eran cerca de las 250 solicitudes.
Actualmente, este trámite es posible de realizarlo en el Palacio de Justicia a partir de las 8:00 horas y hasta las 12:00, horario que fue necesario reactivar, luego de que el Poder Judicial decidió implementar las medidas sanitarias que recomienda la Secretaría de Salud y limitar algunos servicios a la ciudadanía, entre ellos la gestión de estos certificados; pero ante las constantes peticiones de los aguascalentenses de determinó reabrir la ventanilla.
A pesar de la contingencia sanitaria, un acotado número de empresas emprendió la contratación de personal, aunque también se solicitan para rentar un inmueble o realizar trámites para conseguir una visa o pasaporte, de otra manera no se explica la demanda de reactivar este servicio que presta el Poder Judicial.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que solicitar cartas de antecedentes no penales para ejercer un trabajo, salvo algunas excepciones, va en contra de la Constitución.
Ese criterio es aplicable tanto en el gobierno como en las empresas, explicó en entrevista para El Economista, Rubén Pérez Sánchez, director general de Asuntos Jurídicos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). A finales de enero, el pleno de la Corte analizó cuatro acciones de inconstitucionalidad promovidas por la CNDH y resolvió que exigir la carta de antecedentes no penales para obtener un empleo viola los principios de no discriminación, de libertad de trabajo y de reinserción social. Tres de esos casos tenían que ver con leyes de los estados de Hidalgo, Veracruz y Sonora que prohibían ejercer cargos públicos a quienes hubieran estado en prisión. También invalidó artículos de ley que regula a los agentes inmobiliarios en Baja California Sur, que les ponía como condición no contar con antecedentes penales para obtener una licencia como profesional de esa actividad.




