- Morena denunció que publicaciones en redes sociales violan ley electoral
- Igual determinan respecto a spots de radio y televisión
El Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA) determinó inexistentes la violación a las reglas de precampaña en materia de propaganda político-electoral y actos anticipados de campaña atribuidas a las precandidatas a la gubernatura, María Teresa Jiménez Esquivel y María de Jesús Ramírez Castro, así como inexistente la responsabilidad atribuida al PAN en Aguascalientes en la comisión de presuntas infracciones.
El partido político Movimiento de Regeneración Nacional apuntó la probable violación a las reglas de precampaña en materia de propaganda político-electoral y actos anticipados de campaña cometidos por la precandidata Teresa Jiménez Esquivel, derivado de diversas publicaciones realizadas en sus redes sociales de Instagram, Twitter y Facebook, así como la culpa in vigilando (responsabilidad directa) de la representación local del Partido Acción Nacional.
El Tribunal, determinó la inexistencia de las infracciones denunciadas, pues tras un análisis exhaustivo del contenido plasmado en el escrito de queja, se consideró que no se acreditó el elemento subjetivo de la infracción, porque los mensajes contenidos en las diversas publicaciones no integraban alguna expresión que, de manera objetiva, manifiesta, abierta, inequívoca y sin ambigüedades, solicitara el apoyo en favor o en contra de una persona y/o partido político.
Además, de los videos acusados notoriamente se desprendió la clara intención de la postulante respecto de conseguir apoyo en el interior del partido que pertenece, al encontrarse en periodo de precampaña, para que de esta manera se pueda convertir en su opción política, además de que estas son manifestaciones generales que están amparadas bajo la libertad de expresión y que no controvierten la normativa electoral.
En cuanto al Procedimiento Especial Sancionador (TEEA-PES-004/2022) el Tribunal local declaró también inexistentes los actos anticipados de campaña a dos de las precandidatas a la gubernatura de Aguascalientes, María Teresa Jiménez Esquivel y María de Jesús Ramírez Castro.
La parte acusadora, también un representante de Morena, señaló la existencia de supuestos actos anticipados de campaña en relación con diversos spots de radio y televisión difundidos en la etapa de precampaña, en los que según refiere, se pretende posicionar a una precandidatura de forma anticipada.
Al respecto, este órgano jurisdiccional consideró como inexistente la infracción denunciada, pues del análisis del contenido de los spots y los mensajes que en ellos se difunden, no se actualiza el elemento subjetivo ni se acredita el uso de equivalentes funcionales para promover o aventajar a una u otra precandidata. Por el contrario, se advierte que se difundieron dentro del margen que la propia norma electoral permite durante la etapa de precampañas, de ahí que, se declaró la inexistencia de la infracción denunciada.




