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viernes, diciembre 19, 2025

No hubo “ventajas indebidas” para militares liberados en caso Ayotzinapa: JUFED 

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  • La JUFED explicó la resolución de la juez Duarte luego de que la FGR la acusó a ella y a los magistrados de dar ventajas indebidas a los ocho militares 

Los magistrados y la juez federal que ordenaron la liberación provisional de los ocho militares implicados en el caso Ayotzinapa rechazaron haber dado ventajas indebidas a los imputados. 

La juez Segundo de Distrito de Procesos Federales en el Estado de México, Raquel Ivette Duarte Cedillo y los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en materia Penal del Primer Circuito, Horacio Armando Hernández Orozco, Juan José Olvera López y Francisco Sarabia Ascencio precisaron que los ocho militares no han sido exonerados de los cargos que la Fiscalía General de la República (FGR) les imputó. 

“Todas las actuaciones de las autoridades jurisdiccionales involucradas no otorgaron una ventaja indebida a esas 8 personas, antes bien, se realizaron con apego a la Constitución, Tratados Internacionales y Resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sin comprometer los derechos de las víctimas ni las facultades de la Fiscalía”, indicaron los juzgadores a través de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito (JUFED). 

La JUFED explicó la resolución de la juez Duarte luego de que la FGR la acusó a ella y a los magistrados de dar ventajas indebidas a los ocho militares y además de anunciar que impugnará la decisión, informó que iniciará carpeta de investigación contra los magistrados y la juez por delitos contra la administración de justicia. 

“Las 8 personas pertenecientes a las fuerzas armadas no han sido exoneradas; la formal prisión que se dictó en su contra por el delito Desaparición Forzada de Personas, sobre los hechos del ‘Caso Ayotzinapa’, está vigente y deberán continuar con el proceso, hasta que se decida si son culpables o inocentes”, explicaron los juzgadores. 

Precisaron que la resolución de la juez Duarte, emitida el pasado 20 de enero, ordena continuar con el proceso, pero con los indiciados en libertad porque la FGR no logró acreditar la necesidad de mantener a los 8 militares en prisión preventiva oficiosa. 

La JUFED explicó que inicialmente la juez Duarte había rechazado modificar la medida cautelar, decisión contra la que los militares tramitaron un amparo en el que se resolvió que, debido a que la prisión preventiva oficiosa es inconvencional, la juez debía celebrar una nueva audiencia para escuchar a las partes y decidir nuevamente sobre la medida. “Contra esa resolución, el fiscal no se inconformó; en cambio, las 8 personas sí”, señaló la JUFED. 

Por ello, en el recurso de revisión el Tribunal Colegiado concluyó que el fiscal tuvo su oportunidad para justificar la necesidad de mantener a los militares en prisión preventiva y que, sin abrir un nuevo debate, la juez debía resolver nuevamente sobre la medida cautelar, tomando en consideración la inconvencionalidad de aplicarla de manera automática por los delitos que le fueron fincados a los ocho militares. 

Añadió que la resolución de la juez Duarte no es definitiva, pues la FGR y las víctimas pueden presentar un recurso de apelación para demostrar la necesidad de mantener la prisión preventiva oficiosa vigente y si en dicho recurso reciben una resolución desfavorable, todavía pueden acudir al juicio de amparo. 

“Si la Fiscalía o las víctimas consideran que, con el comportamiento que observen esas 8 personas en libertad provisional a partir del sábado 20 de enero de 2024, se genera peligro de que se fuguen, de que hay riesgo para las víctimas o los testigos o de que se ponga en riesgo la buena marcha del proceso, podrán solicitar nueva audiencia para que, si lo justifica, sean sometidas de nuevo a prisión preventiva”, añadieron los juzgadores. 

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