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lunes, febrero 2, 2026

Reforma a Ley de Amparo vulnera derechos de la ciudadanía de Aguascalientes

Claudia Rodríguez Loera
Claudia Rodríguez Loera
Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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Senadora por Aguascalientes presentará recurso ante la SCJN para dejarla sin efecto. Modificaciones vulneran en especial los derechos colectivos o difusos

La senadora Adriana Jurado Valadez rechazó y votó en contra de la reforma a la Ley de Amparo que prohíbe las suspensiones con efectos generales contra leyes, para que los jueces no detengan obras o normas de forma cautelar ante posibles violaciones de derechos humanos.

No obstante que la reforma fue aprobada por Morena y sus aliados, pese a ser regresiva y violatoria a los derechos humanos de las y los mexicanos, la legisladora advirtió que la bancada del Partido Acción Nacional (PAN) presentará un recurso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para combatir este acto contrario a la Constitución, y por ende a los derechos de las y los mexicanos.

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“No la podemos acompañar, porque hacerlo atenta contra la Constitución, contra los derechos humanos y las garantías para la protección de los mismos”, señaló la también secretaria de la Comisión de Justicia, desde la más alta tribuna de la Cámara Alta.

Expuso que el amparo es una contribución de nuestro país para el mundo, es una figura jurídica que nació en México y se replicó en muchas otras naciones, por lo que apoyará toda acción para fortalecerla, más nunca para debilitarla, porque el amparo se creó para proteger a la ciudadanía de los abusos del poder, de los abusos de las autoridades a las que podría estar expuesta la ciudadanía.

Explicó que, con respecto a las reformas a la Ley de Amparo, parecieran dos modificaciones menores porque se trata de eliminar un pequeño párrafo del artículo 129 y adicionar otro pequeño párrafo el artículo 148, pero en realidad esas pocas palabras revisten una importancia enorme, ya que vulneran flagrantemente el mecanismo para la eficaz protección de los derechos de la gente, en especial de los derechos colectivos o difusos, es decir para la protección de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.

La adición que finalmente aprobaron los del grupo mayoritario pretende prohibir a las y los jueces de amparo dar efectos generales a la suspensión del acto reclamado respecto a la inconstitucionalidad de normas generales, detalló la legisladora.

Sobre las consecuencias, advirtió que podrían llegar a ser terribles, “no le estamos midiendo, cuando el legislativo o el ejecutivo emitan una norma general que viole derechos humanos, sea una ley, un reglamento o cualquier disposición de observancia general, el juez de amparo no podrá suspender sus efectos de manera general, lo que implicaría que muchas personas sean vulneradas en sus derechos, al menos hasta en tanto se resuelve el juicio mediante una sentencia, lo cual puede tardar mucho tiempo o años, pues todos sabemos de la gran carga de trabajo que tiene el poder judicial”.

La senadora advirtió  también que con este tipo de acciones se corre el riesgo, por ejemplo, de que si alguna legislatura emitiera una ley que vulnere derechos colectivos como a un ambiente sano, la hipotética ley permitiría al Gobierno Federal realizar obras sin contar siquiera con estudios de impacto ambiental, y en un caso así al no poderse aplicar la medida cautelar de suspensión del acto, y el tiempo transcurrido entre la emisión de la ley y la sentencia de amparo, permitiría al gobierno contaminar ríos, talar bosques, entre otras afectaciones.

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