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viernes, diciembre 5, 2025

Hace más de un año el arraigo debió salir de operación: Gremio de Abogados

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  • La prisión preventiva se eliminó en su máximo esplendor: Delfino Vargas
  • Respeto a la libertad ha llegado a trascender fronteras

Sergio Delfino Vargas, presidente de la Federación de Colegios, Asociaciones y Barras de Abogados de Aguascalientes (Fecabaa), indicó a La Jornada Aguascalientes que si se respetara la reforma que se realizó el mes de junio del año pasado en materia de derechos humanos, el arraigo debió dejar de ser una herramienta para la investigación de las procuradurías de los estados, ya que siempre ha sido evidente que se detiene a las personas para investigarlas, pero no se realiza la investigación científica de los delitos o de los supuestos delincuentes, método que de manera histórica ha sido utilizado en México.

“Con la nueva reforma en materia de derechos humanos, los tratados internacionales impiden la prisión preventiva, la eliminan en su máximo esplendor. El arraigo fue creado únicamente para los delitos de delincuencia organizada, tal y como lo señala la propia Constitución”.

Recordó que no sólo en el estado de Aguascalientes el arraigo se utiliza como una herramienta para la construcción de pruebas y delitos, pero no se ha logrado llegar a niveles en los que se privilegie la investigación científica, tal y como lo ha solicitado la mayoría de los litigantes.

“El nuevo sistema de justicia oral en México implica que haya un debido proceso, mismo que se base en la legalidad, que en el momento en que una persona sea privada de su libertad cuente con un defensor privado o público, que atienda a todas las garantías necesarias y el respeto irrestricto de los derechos humanos”.

Uno de los derechos que se viola cuando se arraiga a una persona es el derecho a la libertad, así como contar con una defensa adecuada, y los beneficios de la comunicación con las personas cercanas o de confianza.

“En la actualidad el arraigo impide todos esos derechos, por ende esta figura no debe de subsistir, pese a que la Constitución lo considere para casos como delincuencia organizada, no debe de ser aplicado en delitos como lo son los robos, o incluso en algunos homicidios… el arraigo no se creó para eso”.

Delfino Vargas reiteró que en el estado no se está haciendo caso de las reformas constitucionales que incluso trascienden fronteras, ya que está bien establecido y definido en tratados internacionales, en los que se resalta que la defensa de la libertad de los individuos está por encima de cualquier cosa, a pesar de que estén sujetos a un proceso.

“No se te va a escapar la persona porque la juzgues estando fuera… debe de implementarse otra estrategia de vigilancia, para eso eres la autoridad, pero no bajo la eliminación de las garantías de los individuos”.

Pie de foto: Sólo en casos de delincuencia organizada debería de aplicarse el arraigo, no en robos o algunos homicidios.

 

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