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sábado, diciembre 20, 2025

El Canto del Zenzontle

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Por: Manuel Cortina Reynoso

 

Veo obligado que este espacio, que el día de hoy ve la luz por primera vez, inicie agradeciendo a La Jornada Aguascalientes la oportunidad de compartir con sus lectores algunas ideas y reflexiones de toda índole, como las cuatrocientas voces del ave que describiera el rey poeta Netzahualcóyotl: Nehuatlnictlazotla in centzontototlicuicauh…  (Amo el canto del zenzontle, pájaro de cuatrocientas voces).

No pretendo intentar agotar todos los temas de los que se puede hablar, ni tampoco se agotará aquí todo lo que de cada tema se debe que decir. Simplemente compartiré reflexiones cotidianas, sin otra intención que hacerlas públicas, ventilarlas.

No será espacio de posicionamientos públicos, ni de proclamas ideológicas o políticas. Buscaré compartir reflexiones, cavilaciones, juicios, sólo por el gusto de compartirlos, y sólo para a quienes quieran que les sean compartidos.

Como el Zenzontle, que no canta porque tenga una afirmación que hacer sino por tener un canto que expresar, este espacio será el canto de un ave, que de no existir, simplemente habría una voz menos que escuchar. Pero por ser ave, está en su naturaleza cantar.

Dicho lo anterior, y reiterando el agradecimiento a La Jornada Aguascalientes, su director y equipo, quiero iniciar este espacio hablando de la autonomía municipal y su avance.

El 23 de diciembre de 1999 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma al artículo 115 constitucional que quizá sea una de las más importantes en la historia del municipalismo mexicano, pues otorgaba una mayor autonomía al municipio.

Muchos aplaudimos, desde entonces, esa reforma, por tratarse de una lucha histórica, principalmente humanista, que lograba, entre otros, reconocer al Municipio como orden de gobierno, establecer un marco competencial exclusivo del Municipio y crear la figura de Leyes Marco Estatales en materia Municipal que limitaban la influencia de los estados en este ámbito de gobierno y fortalecía la facultad reglamentaria municipal.

No sobra recordar la importancia del municipio en la organización política en la historia de nuestro país, incluso antes de existir como Nación Mexicana, el municipio colonial sirvió para poblar el territorio, ahora nacional.

Y es que el mismo año que España logra terminar con la invasión musulmana (1492), y consolida su territorio, mediante una reconquista muy medida, no solamente en términos de población, sino en términos legales, se encuentra -aún sin saberlo- con un nuevo continente que poblar.

Es con las regulaciones de Castilla y Aragón, que sirvieron para la reconquista del territorio español, y con la promesa de autonomía y libertades que los sirvientes de nobles terratenientes no tenían, que los españoles decidieron fundar sus villas, pueblos y ciudades, no solamente en España, sino también en América.

A un poblador, en cualquiera de los dos lados del atlántico, que se comprometiera en nombre de la Corona a hacer prevalecer la soberanía de esta y sus leyes, le eran otorgados no solamente derechos sobre territorio, sino la libertad de nombrar a sus propias autoridades y administrar su propia comunidad. Así se conquistó el territorio mexicano, así, todas las ciudades que hoy conocemos en México.

Es esta la importancia del municipio en la formación de nuestra Nación, importancia que con el paso del tiempo fue minusvalorada y casi ninguneada por la historia de los siglos XIX y XX.

Cuando la reforma constitucional de 1999 otorgó a los municipios verdadera libertad de hacienda y manejo patrimonial, que implica que ninguna ley o autoridad podrán ordenar el gasto Municipal, sino el propio presupuesto que apruebe cada cabildo, la esperanza de ver municipios mayores de edad, resurgió en muchos de nosotros.

Sin embargo, aunque en contadas excepciones el augurio se cumplió, y hubo muchos municipios que a la fecha han aprovechado esta verdadera autonomía de gestión para crecer política, económica y democráticamente, quienes entonces aplaudimos la reforma, poco imaginamos que la autonomía municipal se podría convertir en libertinaje financiero, en manos de quienes no logran concebir la verdadera naturaleza del municipio.

Los fantasmas del desorden financiero, incapacidad material de prestar servicios públicos tan elementales como seguridad pública, agua potable o recolección de basura, amenazan a la gran mayoría de los municipios en el país.

La capacidad institucional de muchos municipios no se fortaleció con la reforma, por el contrario, las autoridades de los gobiernos estatales los debilitaron. El “cumplimiento” (así, entre comillas) del 115 constitucional, aún con la reforma de 1999, lejos de permitir la autonomía municipal, dejó lugar para que caciques estatales se aprovecharan y ampliaran sus cotos hasta el ámbito municipal.

La gravedad del problema no es menor, y ya se ha empezado a hablar del rescate de algunos municipios, ante la imposibilidad de sus ayuntamientos y presidentes municipales de resolver su complicada situación.

Antes de que los problemas financieros lleguen a extremos que nadie queremos, es momento de tomar medidas generales que permitan a los municipios resolver problemas financieros y con esto impedir que estalle una de las más graves crisis financieras internas de la economía nacional, desde los municipios.

Hoy debemos respetar a la institución municipal, debemos respetar su fundamento constitucional, sus facultades, su organización política, pero sobretodo su esencia como primera forma de organización social, como extensión de la familia, pero principalmente, como territorio original de convivencia y satisfacción de necesidades colectivas de una comunidad.

Es así como se inicia el día de hoy este intento, que quiere ser canto del ave, que quiere amar “el color del jade, y el enervante perfume de las flores, pero más… …a mi hermano: el hombre”.

[email protected]

@manuelcortina

 

 

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