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viernes, diciembre 5, 2025

Sin Unidad de Evaluación, OSF realizará “revisiones contemporáneas” sólo a solicitud de las contralorías internas

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  • Falta de resultados en programas estatales y municipales serán sancionadas con observaciones
  • Fallar en la presentación de una cuenta pública ya no causará responsabilidades
  • Todavía el año pasado la bancada de Acción Nacional se oponía a la desaparición de la Unidad de Evaluación y Control del Órgano Superior de Fiscalización

 

Sin siquiera darle una oportunidad para mostrar sus capacidades, los integrantes de la LXII Legislatura eliminaron la Unidad de Evaluación y Control del Órgano Superior de Fiscalización (OSF), calificada como un logro por sus antecesores.

Entre las reformas a la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Aguascalientes -propuestas por las bancadas de los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista, y firmadas por el diputado Eduardo Rocha Álvarez- aprobadas durante la última sesión ordinaria, está una que suprime al encargado de vigilar las actividades y el rendimiento del mayor fiscalizador estatal, por considerar que así se abona a la eficiencia y a la modernidad en los procesos del ramo.

La bancada panista se sumó al proyecto, pese a que anteriormente varios de sus elementos habían criticado la inactividad de la Unidad de Evaluación y Control.

En junio de 2014, Martha Márquez Alvarado, entonces representante de Acción Nacional en la Comisión de Vigilancia y hoy coordinadora del grupo parlamentario, dijo haber solicitado por escrito dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Fiscalización, en la Constitución y en la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Un mes más tarde la bancada haría la misma exigencia desde tribuna. “Si no hay miedo, si no hay nada que esconder, entonces deberá autorizarse. Si la próxima semana el PRI rechaza este punto de acuerdo solamente comprueba que hay opacidad y que algo quieren esconder de las cuentas públicas 2013, de municipios y Gobierno del Estado”, señaló Sylvia Garfias Cedillo en entrevista.

Ya sin Unidad de Evaluación y Control, el OSF dejará a las contralorías internas la responsabilidad de solicitar las llamadas “revisiones contemporáneas”. Anteriormente el OSF redactaba una lista con el nombre de los entes a auditar.

Presentar fuera de tiempo los resultados de la revisión de una cuenta pública, señalaba la iniciativa de reformas promovida por Rocha, ya no causará responsabilidades a los servidores públicos, sino medidas de apremio: amonestación por escrito, apercibimiento o multas de 100 a 600 salarios mínimos.

Las revisiones contemporáneas, menciona además, no podrán reabrirse bajo ninguna circunstancia, pues sus resultados contarán con carácter definitivo.

“Estimamos procedente el adicionar la Revisiones Contemporáneas como aquellas que realice el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Aguascalientes, a solicitud de los entes fiscalizados, por conducto de la Comisión de Vigilancia, las cuales permitirán eficientar la aplicación de los recursos y detectar probable desviaciones de manera preventiva”.

Observar la probidad del OSF de ahora en adelante será una de las tareas de la Comisión de Vigilancia, presidida por el priista Eduardo Rocha.

La falta de cumplimiento en las metas de programas federales, estatales y municipales sólo podrá quedar acompañada de recomendaciones, expone el documento aprobado por unanimidad del Pleno.

Pese a todo también se habla sobre una revisión trimestral a la gestión financiera de los poderes del estado, los municipios y los organismos públicos.

Se añade la posibilidad de “vincular al proceso de auditoría a los exfuncionarios de las entidades fiscalizadas, cuando el proceso de fiscalización corresponda al periodo de su gestión”.

Mediante la inclusión legal del concepto de “beneficio económico”, juzgaron los diputados, habrá garantías de que los sujetos obligados apliquen sus recursos con mayor eficiencia. Las “normas generales de auditoría”, añaden, brindarán un mínimo a la calidad de los procesos.

La reforma a la Ley de Fiscalización Superior también trajo consigo el concepto de “observaciones preliminares”, con motivo de dar a los entes fiscalizados 20 días hábiles para desvirtuar o solventar sus imputaciones.

La Contraloría interna del Poder Legislativo quedó facultada para sancionar a los funcionarios del OSF que no formulen las observaciones sobre las situaciones irregulares que detecten o debieron detectar, no guarden secreto y revelen los hechos, datos o circunstancias de que tengan conocimiento en el desempeño de su trabajo; realicen su trabajo con notoria negligencia; incumplan las Normas Generales de Auditoría Gubernamental; realicen observaciones carentes de motivos y fundamentos.

 

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