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miércoles, febrero 4, 2026

La veda electoral y su función real

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  • Lo que realmente hay que vedar es la propaganda gubernamental
  • Cualquier funcionario público deberá abstenerse de promocionarse en medios de comunicación y/o a candidatos de su partido

Cada proceso electoral se escucha y lee el término de veda electoral, el cual es normalmente confundido por las autoridades y ciudadanía, el delegado del Instituto Nacional Electoral (INE) en Aguascalientes, Ignacio Ruelas Olvera, aclaró ser una trampa que muchos poderes hacen (incluidos los políticos en plural) porque lo que realmente hay que vedar, por orden constitucional, es la propaganda gubernamental.

Partiéndose del significado base de la palabra vedar, que proviene de vetare, que significa “prohibido por ley, estatuto o mandato”, es entonces que con la reforma 2014 al marco legal nacional electoral se especifica claramente lo que debe omitirse durante todo proceso electoral.

El primer punto destacado fue la imparcialidad. El artículo 134 en su párrafo séptimo de la Constitución Política federal especifica que los servidores públicos de todos los ámbitos (federal, estatal y municipal) tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, esto sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos durante la contienda; es decir, no pueden chantajear al pueblo con su voto por la obra pública o políticas públicas.

“No deben suspenderse las obras o programas pero no se deben de publicitar con frases alusivas al voto hacia el partido emanado del funcionario”, por ejemplo el gobernador no puede entregar despensas a través del DIF con imágenes o información de los candidatos en turno.

El marco constitucional en materia de las reglas de propaganda gubernamental está especificado en el párrafo octavo del mismo artículo 134: “La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social”, es por ello que en ningún caso, la propaganda podrá incluir nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público, candidato o partido político.

A su vez, en la base III del artículo 41 apartado C párrafo segundo de la misma normativa dice que durante algún proceso electoral de cualquier nivel (hasta la conclusión) deberán suspenderse la difusión en los medios de comunicación social todo tipo de propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios y cualquier otro ente público.

En términos reales se ejemplificó con el siguiente supuesto: “El progreso para todos trajo consigo más de 20 mil nuevos empleos, sólo con esta administración se ha logrado”, especialmente por la frase/slogan que ubica a un gobierno emanado por un partido político en específico, la ley lo prohíbe, “justo eso no debe de hacerse ni tampoco publicitarlos con logos del gobierno, pueden seguir entregando obras y apoyos, pero sin cacarearlos, vaya”.

Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia (algún huracán, incendio, tormenta, terremoto).

Para la autoridad electoral la ley está más que clara, por lo que las instituciones políticas y los funcionarios públicos no tendrán pretextos para no seguir la línea legal. Para el caso de alguna situación contraria a lo que especifica la ley electoral, será el actor agraviado (otro partido o funcionario público) quien tenga la facultad de denunciarlo ante el órgano electoral, acompañado siempre de pruebas contundentes y de un profesionista en la materia (abogado).

“Insisto, la autoridad federal dejó en claro que a partir del 5 de abril cuando iniciaron las campañas hasta el 7 de junio, posterior al día de elección, se deberán suprimir y retirarse toda propaganda gubernamental en medios de comunicación”, aquí se incluyen los portales digitales de los entes públicos en donde principalmente deberán abstenerse de promocionar los logros de la administración con imágenes, videos y/o audios que lo comprueben.

Recordemos que este proceso electoral 2015 consistirá en la renovación de 500 diputados federales, en 17 estados se renovarán nueve gobernadores, más de 600 diputados locales y alrededor de mil ayuntamientos. Con un promedio de 83 millones de electores y la instalación de 152 mil 500 casillas, hacen de esta elección la más grande en la historia de México, y según el delegado, la que se prevé con mayor dificultad por los problemas de seguridad y hechos desfavorables en entidades como Guerrero y Michoacán.

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