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miércoles, marzo 18, 2026

Matrimonios igualitarios se deben revisar, el siguiente paso sería la adopción: STJ

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  • Cada legislatura tiene la facultad de establecer límites: magistrado presidente
  • La resolución de la SCJN se debe reflexionar con las implicaciones que conlleva

Tras la resolución de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de considerar como discriminatorio la no permisividad de los matrimonios entre personas del mismo sexo, misma que fue emitida el 13 de junio de este año; las legislaturas locales deberán reflexionar a profundidad el tema debido a que el siguiente paso sería permitir la adopción a los matrimonios igualitarios, así lo señaló el magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, Juan Manuel Ponce Sánchez.

“Considero que es un tema que merece una importante reflexión, porque no sólo es permitir que contraigan matrimonio, sino las consecuencias que esto conlleva, una de ellas es que el segundo paso es el tema de la adopción, si se permiten los matrimonios entre personas del mismo sexo, se apareja la posibilidad de que adopten.”

“Aquí la Corte ya ha estado fijando criterios muy importantes, lo ha hecho atendiendo a cuestiones de carácter convencional y tratados internacionales sobre derechos humanos. La postura es que todos los códigos que impiden los matrimonios igualitarios violan el principio de no discriminación al que estamos sujetos. Yo lo que puedo decir es que cada estado tiene la facultad para legislar respecto de estos temas, les corresponde revisar bajo qué condiciones se va a llevar a cabo el proceso de cambio del estado civil de las personas (…) cada legislatura tiene que establecer límites.”

Ponce Sánchez explicó que desde el 2008, el Código Civil de Aguascalientes establece limitaciones tanto para el matrimonio entre homosexuales, como para permitirles adoptar.

“A partir del 2008 se estableció expresamente en el Código que el matrimonio se podía celebrar solamente entre un hombre y una mujer, y además, está establecido que cuando dos personas en unión decida adoptar, sólo podrán hacerlo cuando estén unidos en matrimonio, nuestro estado establece estas dos grandes limitaciones.”

Para el magistrado presidente las implicaciones de dicha resolución no serán menores: “la reforma legislativa merece que se analice no solamente bajo lo que ha establecido la Corte, sino las implicaciones sociales que esto traerá”.

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