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viernes, diciembre 19, 2025

De padres adolescentes, uno de cada 14 nacimientos en Aguascalientes

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • El registro civil ha emitido mil 575 actas de nacimiento a hijos de menores de edad
  • Casi diez por ciento de los 22 mil 487 trámites fue hecho por madres solteras

 

De acuerdo con el Registro Civil de Aguascalientes, de enero a octubre se han inscrito mil 575 nacimientos de padres menores de edad, lo que representa el siete por ciento de los trámites realizados este año, que suman en total 22 mil 487.

Carmen Lucía Franco Ruiz Esparza, directora de esta oficina perteneciente a la Secretaría General de Gobierno, pronosticó un ligero aumento en la expedición de actas de nacimiento a hijos de madres o padres adolescentes con respecto al año pasado. Al cierre de 2016, de los 26 mil 175 registros de nacimiento, mil 771 corresponden a parejas menores de 18 años, equivalente al 6.7 por ciento del total.

En caso de que los progenitores del bebé no cuenten con la mayoría de edad, es necesario el consentimiento de quien ejerce la patria potestad para llevar a cabo el registro. De lo contrario, se da parte al Ministerio Público (MP) para que dé su visto bueno al trámite: “Es una forma de suplir la voluntad de una persona que aún no tiene el poder de decisión porque aún no es mayor de edad (…) entonces es una figura que está establecida en nuestro Código Civil y es donde el MP como ente que vela por el bienestar social viene y da su consentimiento”.

El artículo 386 del citado ordenamiento establece que un menor podrá reconocer a sus hijos, sin el consentimiento de sus padres o tutores, pero tal reconocimiento no producirá efectos mientras no sea ratificado por el MP, quien deberá expresar su conformidad o inconformidad dentro de los sesenta días siguientes. El Oficial del Registro Civil ante quien se haga un reconocimiento por un menor de edad, deberá hacerlo saber al MP dentro de los ocho días siguientes.

Si el Ministerio Público se opone al reconocimiento, la oposición se tramitará en juicio único ante el juez, oyendo a un tutor especial de quien haya hecho de reconocimiento. No obstante, el reconocimiento hecho por un menor es revocable si se prueba que sufrió engaño al hacerlo, con lo que se podría intentar la revocación hasta cuatro años después de la mayoría edad.

La funcionaria estatal mencionó que también se entregan las estadísticas al DIF estatal, con el propósito de mostrarles hacia dónde encaminar sus programas: “Nosotros somos una entidad registral, no promovemos políticas públicas ni establecemos parámetros en base a lo que pudiera suceder. Lo que nosotros hacemos es registrar los acontecimientos y nuestro único parámetro para registrar tendencias son las propias cifras”.

La directora del Registro Civil agregó que la última campaña de registros extemporáneos de nacimiento cerró con la emisión de 435 actas. Contrario a lo que pudiera pensarse, los padres adolescentes no son los que más se olvidan de dicho trámite: “Es una cuestión de responsabilidad y de compromiso, yo creo que cuando no se hace el registro es por negligencia y se da en todas las edades (…). Seguramente la edad de los padres pudiera contribuir ante una falta de conciencia, pero yo creo que no lo podemos mencionar como un factor determinante”.

Mencionó que en diez meses de 2017 se emitieron dos mil 137 actas de nacimiento a bebés de madres solteras -9.5 por ciento del total-, contra dos mil 454 durante el año anterior.

 

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