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viernes, diciembre 5, 2025

Cabildo de Aguascalientes deja para el último el acoso callejero

Carlos Olvera Zurita
Carlos Olvera Zurita
Nada, sólo 28 años de vida. Reportero en La Jornada Aguascalientes.

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  • Un día antes del límite que se deba para convertir en falta administrativa, Cabildo de la capital realizará sesión extraordinaria para adecuar el Código Municipal
  • Policías municipales deben someterse a capacitaciones para identificar el acoso callejero

 

Hasta el último día, el Cabildo de la Capital aprobará las modificaciones al Código Municipal para que se armonice con la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que estipula el acoso callejero como una falta administrativa el martes 23 de enero en sesión extraordinaria.

Se prevé que el martes 23 de enero el Cabildo del Municipio de Aguascalientes tenga una Sesión Extraordinaria con el objetivo de aprobar las adecuaciones al Código Municipal a fin de que se considere el acoso callejero como una falta administrativa.

Esto ocurrirá sólo un día antes del plazo que dio el Congreso del Estado para realizar estas adecuaciones tras la publicación en el Periódico Oficial del Estado de la reforma a la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en la que se solicita que con un plazo máximo de 180 días naturales, los once municipios del estado deben realizar adecuaciones en su reglamentación para calificar el acoso callejero como una falta administrativa.

La falta administrativa deberá ser sancionada con 36 horas de prisión y el pago de una multa que puede ir de 1 a 5 mil unidades de Medida y Actualización que en 2018 es de 80.60 pesos, así como la obligación del infractor de someterse a un curso de sensibilización otorgado por una instancia competente del municipio, respecto a los daños que puede ocasionar actos de acoso callejero.

Dicho acuerdo quedó plasmado en el Periódico Oficial del Estado el 10 de julio, donde se estipuló que los municipios debían hacer las modificaciones necesarias en sus reglamentos y códigos a fin de que el acoso callejero se considere como una falta administrativa a más tardar a 180 días desde su publicación.  

Dicho lapso de tiempo se cumplirá el 24 enero de 2018, sin embargo, al menos el municipio capital no ha hecho las adecuaciones necesarias hasta el momento de la publicación de esta nota informativa para que exista la figura del acoso callejero dentro de las faltas administrativas salvo por una propuesta emitida por el regidor Miguel Romo Reynoso, quien es miembro de la Comisión de Equidad de Género en el Cabildo en septiembre de 2017.

Más allá de la modificación del Código Municipal para incluir el acoso callejero como una falta administrativa, comentó Romo Reynoso, es necesario hacer otras acciones para que la ley cumpla con su objetivo, como capacitar a los policías municipales para que conozcan que es el acoso callejero y puedan identificar la falta administrativa.

Además de que la instancia correspondiente, que en el caso de Aguascalientes se trataría del Instituto de la Municipal de la Mujer Aguascalentense (IMMA), deberá contar con personal para hacer la labor de sensibilización a los infractores como lo señala la  Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

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