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jueves, febrero 5, 2026

Valida Sala Superior a diputados plurinominales de Aguascalientes

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • Contradice Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al órgano jurisdiccional local
  • Este sábado 15 de septiembre, rendirá protesta la LXIV Legislatura del Congreso de Aguascalientes con casi todas las pluris originalmente asignadas

 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las diputaciones plurinominales del Congreso del Estado de Aguascalientes asignadas el domingo por la sala regional del mismo órgano jurisdiccional. Con esto, la LXIV Legislatura rendirá protesta este sábado 15 de septiembre sin cambios a lo previsto.

Las nueve posiciones por el principio de representación proporcional quedarán conformadas de la siguiente forma: por el PRI, Juan Manuel Gómez Morales, Margarita Gallegos Soto, Elsa Amabel Landín Olivares y Elsa Lucía Armendáriz Silva; por Morena, Cuauhtémoc Cardona Campos, Natzielly Teresita Rodríguez Calzada y María Irma Guillén Bermúdez; Nueva Alianza, Mario Armando Valdez Herrera y PVEM, Sergio Augusto López Ramírez.

Por mayoría de votos, seis de siete, se aprobó la ponencia del magistrado Indalfer Infante González en la que, implícitamente, se rechazó el reparto de curules efectuado por el el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA), con el excepción de la diputación retirada al PT y cedida al PRI, ya que el porcentaje de votos justifica el movimiento. Felipe de la Mata Pizaña fue el único que emitió un voto en contra.

El 10 de agosto, el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA) cambió cinco posiciones originalmente entregadas a Sergio Augusto López Ramírez (PVEM), Elsa Amabel Landín Olivares (PRI), Mario Armando Valdez Herrera (Panal), Irma Guillén Bermúdez (Morena) y Héctor Quiroz García (PT), reasignándolas a Silvia Alaniz (PVEM), María Guadalupe González Álvarez (Panal), Luis Armando Salazar (Morena), Alberto Lyon Aceves (PRI) y Elsa Lucía Armendáriz Silva (PRI).

Lo anterior, al considerar que el Consejo General del Instituto Estatal Electoral calculó erróneamente el cociente electoral, pero también se ajustaron los nombres para cumplir con los criterios de paridad de género. Sin embargo, la Sala Superior consideró que con el escaño compensado al PRI se cumplió con el requisito de equidad entre hombres y mujeres, por lo que no era necesario aplicar otros criterios, como la alternancia.

“Se determinaron las fórmulas de candidaturas en los escaños de cociente y resto mayor después de la posición segunda y tercera, esto es, los lugares perdedores de la lista. También se verificó la paridad de género en la integración del Congreso, quedando 13 mujeres y 13 hombres. Finalmente se realizó una distribución de la fórmula de candidaturas en la diputación en la cual se hizo el ajuste con motivo de la subrepresentación, que corresponde al cuarto lugar de la lista que el partido registró (…) de manera que no fue necesario aplicar el mecanismo de alternancia y en este caso la paridad se logró en la fase de integración de fórmulas 48 por ciento hombres y 52 por ciento mujeres”, detalló el magistrado ponente.

Cabe recordar que, con el objeto de controvertir la sentencia expedida por el órgano de justicia local, se presentaron 13 medios de impugnación ante la Sala Monterrey, que el 9 de septiembre “devolvió” cuatro diputaciones plurinominales a Sergio Augusto, Elsa Amabel, Mario Armando e Irma; es decir, todas las que fueron modificadas por los magistrados locales con excepción la curul correspondiente a Elsa Lucía. El argumento fue que el TEEA alteró indebidamente la integración de las listas de candidatos a diputados plurinominales entregadas por los partidos políticos, lo cual fue ratificado por la Sala Superior.

Al resolver el recurso de reconsideración SUP-REC- 1209/2018 y acumulados, se confirmó también el artículo 150 del Código Electoral de Aguascalientes que marca que la segunda, tercera y sexta posiciones plurinominales corresponden a los “mejores perdedores” en orden decreciente en función de los porcentajes de votación.

 

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