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jueves, febrero 5, 2026

Violencia política de género, donaciones de partidos políticos y la revocación de mandato de AMLO/ Meridiano electoral

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En estos días, surgieron varios temas de gran relevancia para abordarse en Meridiano Electoral, comencemos.

Gran avance a la igualdad con las reformas sobre violencia política de género.

Como ya se ha escrito en Meridiano Electoral, en México, la violencia por motivos de género es el principal obstáculo que afrontan las mujeres al participar en el ámbito político, ya que continúan sufriendo discriminación, esto debido en gran medida a los roles y estereotipos de género que históricamente las han colocado fuera del espacio político.

Fue apenas en el 2017, mediante la emisión del Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, que por primera vez se conceptualizó la violencia política de género, que incluso a su vez, por reiteración en criterios, logró hacer jurisprudencia electoral (J. 21/2018).

Esto tan solo fue el parteaguas, pues el pasado 18 de marzo, se aprobaron en San Lázaro un cúmulo de reformas a diversas normativas, leyes generales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; de Instituciones y Procedimientos Electorales; del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; de Partidos Políticos; y en Materia de Delitos Electorales; las leyes orgánicas de la Fiscalía General de la República y del Poder Judicial de la Federación y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Con lo anterior, se estableció que la violencia política de género sea tipificada como como delito e infracción administrativa, fijándose claramente las conductas que la actualizan, estableciendo sanciones, medidas de protección y reparación para la atención de cada caso. Además, se creó la Comisión Permanente de Igualdad de Género y No Discriminación en el INE.

La buena noticia es que el pasado trece de abril, fueron publicadas en el DOF, por lo que ya han entrado en vigor. Un punto interesante es que todo aquel ciudadano o ciudadana que pretenda contender por alguna candidatura, tiene que acreditar su modo honesto de vivir, lo que ya no será posible si cometió violencia política de género.

¿Pueden los Partidos Políticos donar sus recursos por el Covid-19?

En días pasados, el Presidente de la República en una de sus conferencias matutinas, dio a conocer la situación de los partidos políticos nacionales en cuanto a la donación de recursos públicos para apoyar a la población en la contingencia que aqueja al país. De lo anterior, resaltó a los partidos políticos que se rehúsan a donar sus recursos, como PAN y PRD, y otros que ya aceptaron la medida; Morena y Encuentro Social, este último ya sin registro y nada que arriesgar con cero pesos de presupuesto.

Es oportuno señalar que los partidos políticos están obligados a utilizar los recursos de sus prerrogativas para los fines expresos que mandata la ley; gastos de operación ordinaria, investigación, capacitación y sobre todo promoción y fortalecimiento democrático. Luego entonces, por ley, no está dentro de sus atribuciones como entidades de interés público la donación de recurso, incluso está prohibida en la normatividad que rige la materia, puesto que podría aprovecharse para ganar adeptos y caer en un tipo de compra de votos, lo que generaría fraude a la ley.

Sin embargo, conforme al artículo 41 constitucional, tal y como ya lo informó el INE mediante acuerdo número 077 que resolvió las dudas de Movimiento Ciudadano tras consultarlo, existe un mecanismo legal, consistente en la renuncia ante el INE del financiamiento público aún no asignado, sea de forma parcial o total, dicho recurso será remitido a la Tesorería de la Federación, para que proceda conforme a derecho. Esta es la parte que no agrada a los representantes de los partidos, pues sería regresar el dinero a la misma federación sin poder elegir de qué forma y para qué fines sea utilizado.

Además, se añade que, en el supuesto de renunciar a su financiamiento público de manera total o parcial, no se exime de las responsabilidades democráticas encomendadas a los Partidos, por lo que si dejarán de hacerlas serían sujetos de sanción.

Es por todo lo anterior, que no es viable la figura de donación o renuncia de los recursos públicos pese a la contingencia, aun y cuando se realizara una reforma a la Ley General de Partidos Políticos que permitiera hacer donaciones directas en especie o en efectivo, esto supondría un eminente peligro al principio de equidad en la contienda, puesto que se convertiría en una competencia inequitativa de donaciones para convencer al electorado a base de dinero, alejándose de sus objetivos constitucionales.

Sin duda, los partidos son entidades de interés público, pero con fines específicos, que buscan el fortalecimiento de la democracia mediante el empoderamiento de la ciudadanía y su participación activa, no les atribuyamos otras obligaciones que al paso del tiempo serán contraproducentes. Exijamos el tratamiento eficaz y eficiente a quien debemos hacerlo, que sean los gobiernos de los tres ámbitos los que inyecten el recurso y desplieguen las acciones necesarias para proteger la economía y salud del país.

AMLO propone adelantar la consulta para la revocación de mandato.

El día de ayer, el Presidente del República sugirió a los partidos de oposición adelantar el proceso de revocación de mandato un año antes para que el pueblo decida si permanece o no en la Presidencia.

De tal manera, propuso que la consulta se llevara a cabo el mismo día de las elecciones federales del 2021: “Le ofrezco a los conservadores, con todo respeto, para que sea el pueblo de manera pacífica el que decida, les ofrezco adelantar la fecha, que la revocación de mandato no sea hasta el 2022, que la adelantemos aprovechando que van a haber elecciones”.

Además, señaló que enviaría una iniciativa al Congreso de la Unión sometiendo a su consideración un decreto para proponer que se lleve a cabo el proceso de consulta para su revocación el mismo día de las elecciones federales.

Debemos tener especial cuidado en este tipo de actos, puesto que su participación activa como Presidente, sin duda alguna sería violatoria del artículo 134 Constitucional, poniendo en riesgo el principio de equidad en las contiendas, ya que no existiría una competencia justa y equitativa para las y los participantes al encontrarse a la par del proceso electoral la revocación de mandato del primer mandatario.

Este desde luego, es el oportuno actuar de un ajedrecista político que busca levantar a su partido y mantenerlo con la mayoría del congreso tras la caída estrepitosa de su aprobación en las últimas encuestas. No obstante, una conducta fuera de lo permitido legalmente.

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