- Se tiene hasta el 25 de junio para que la CDHEA emita la acción de inconstitucionalidad sobre la reforma que supone la violación del acceso a la información y contenido sexual educativo
- La SCJN ya tiene una tesis en la que se predispone que el Estado debe garantizar educación sexual en las niñas, niños y adolescentes
Actualmente están en revisión los documentos que la sociedad civil entregó a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes (CDHEA) para promover la acción de inconstitucionalidad contra la reforma, aprobada inconscientemente, en la Ley de Educación de Aguascalientes y que supone implementar el Pin Parental en la educación sexual de las niñas y niños de la entidad. Así lo dijo Angélica Contreras, integrante de la comunidad feminista quien agregó que les fue informado que la acción de inconstitucionalidad sí va a proceder después de su revisión: “Lo que nos han dicho a nosotras es que la acción sí va (…), sí la va a promover la CDHEA. Lo que el presidente –de dicha dependencia– estaba esperando era revisar el documento”.
La también representante de Cultivando Género, asociación civil que tiene como objeto promover la igualdad de mujeres, niñas y niños, lamentó que dicha iniciativa haya pasado sin ruido por el Congreso del Estado y también lamentó la postura del secretario general de la CDHEA, Alfredo Muñoz, quien en entrevista para Radio BI, con Rocío Gutiérrez, señaló que, hasta ese día, no habían encontrado inconstitucionalidad en la reciente aprobación de la Ley de Educación de Aguascalientes que a todas luces vulnera el acceso a la información de los menores de edad.
El 25 de mayo se publicó en el Periódico Oficial del Estado la permuta a la Ley de Educación del Estado de Aguascalientes que propone que “la Autoridad Educativa Estatal dará a conocer de manera previa a su impartición, los programas, cursos, talleres y actividades análogas en rubros de moralidad, sexualidad y valores a los padres de familia a fin de que determinen su consentimiento con la asistencia de los educandos a los mismos, de conformidad con sus convicciones”.
Después de su silente aprobación, distintas asociaciones civiles y personas de la sociedad civil se organizaron para emitir un documento en el que se argumentara el porqué la legislación propuesta va contra la Carta Magna y viola los derechos a la educación sexual de las niñas y niños en el estado.
Angélica Contreras comentó que se está trabajando a contrarreloj ya que, después de su publicación oficial, se tienen 30 días para emitir la acción de inconstitucionalidad a través de la CDHEA, para que esta sea transmitida a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y de ahí se detone una resolución que pueda declarar la invalidez de la reforma aprobada en los curules locales.
No obstante, abundó, se cuentan con los argumentos necesarios para que se proceda con la acción de inconstitucionalidad puesto que la reforma sugiere doblegar los derechos a la información de contenido sexual educativo: el que las niñas, niños y adolescentes tengan esa garantía no viola el tutelaje de los padres, por lo que no se debería de implementar ese Pin Parental, explicó.
Ya la SCJN publicó desde el 2017 una tesis a favor de “La inclusión de la garantía del derecho de acceso a la información a los menores de edad respecto a cuestiones de sexualidad, así como a métodos anticonceptivos, no pugna en sí y por sí misma con el interés superior del menor, ni genera un ambiente nocivo para su desarrollo, pues la información y acceso a los referidos insumos de salud no resultan indiscriminados para toda etapa de la infancia, ni incluyen todo tipo de contenidos que resulten inapropiados para la niñez”.
La tesis fue realizada con base en el amparo 203/2016 y predispone que los derechos de las niñas, niños y adolescentes, el deber estatal de prestar asesoría, orientación sexual y garantizar el acceso a métodos anticonceptivos, debe atender a la trayectoria vital de los mismos.
La activista y defensora de los derechos humanos, agregó que el Pin Parental supondría incrementos en los embarazos adolescentes del estado -problemática que de por sí ya es grave- ya que no todos estarían recibiendo la educación sexual adecuada. Por lo pronto se está en espera de la revisión de la CDHEA, una vez finalizada ésta, se regresará a quienes emitieron en primera instancia el documento que argumenta la acción de inconstitucionalidad para que se hagan los cambios pertinentes y, una vez fundamentado todo, se pueda enviar antes del 25 de junio a la SCJN.
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