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viernes, diciembre 5, 2025

Civismo electoral / Tlacuilo

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El 2 de marzo de 1976 recurrí ante el Consejo Universitario contra la insensata destitución, solicitando que las sesiones fueran públicas; el Consejo procedió pero en secreto, en el juicio más cavernario que se pueda imaginar:

Los consejeros me comunican hasta el jueves 8 de abril que me oirán ¡por escrito! pues no querían que yo los viera cara a cara, debiendo entregar mi defensa en el perentorio término de tres días. La verdad es que no tuvo el Consejo Universitario -manipulado por el rector- la honorabilidad, la estatura ni el valor necesarios para enfrentar a un simple catedrático, a pesar de que todo estaba en su contra… menos la razón; y resuelve -cobardemente- enjuiciarme en ausencia, cosa que sólo se hace cuando los grandes criminales rehúyen la justicia mediante la fuga o el cohecho. Pero eso sí, mi propio acusador, que era el rector, era a la vez jefe administrativo de la mitad de los integrantes del Consejo y sería también el juez, el fiscal y el presidente del jurado.

Como lo que yo pretendía era dejar constancia histórica del despotismo que me niego a calificar de universitario, el 12 de abril de 1976 entregué mi defensa ad cautelam en 41 fojas y siete anexos.

Después de una paciente espera de ocho meses, el 16 de diciembre de 1976 un mensajero dejó en mi domicilio, como un objeto cualquiera, el oficio 352 con el que se me hizo entrega del lógico cuanto inicuo informe de que el Consejo Universitario confirmaba mi destitución, con la curiosa circunstancia de que el oficio tenía fecha del 25 de noviembre y se refería a la sesión del Consejo celebrada el 18 de septiembre. ¡Cinco meses para deliberar, dos para redactar el oficio y uno más para enviarme el informe sin la debida notificación!

Me quedaban dos instancias a las que legalmente podía apelar: la Junta de Gobierno de la propia Universidad y los tribunales del estado. No recurrí a ninguna.

A la Junta de Gobierno porque no le concedo autoridad moral, ya que su existencia tiene como único propósito burlar la voluntad democrática de la comunidad universitaria.

Tampoco a la justicia del estado a pesar de saber que ganaría fácilmente el pleito, porque la materia del caso no se ubica dentro de las facultades de la Ley Federal del Trabajo ya que lo que estaba en juego no era una simple plaza laboral: la lucha es por principios doctrinarios cuya solución está en manos de la comunidad universitaria, integrada exclusivamente por los estudiantes y los profesores.

En el número 3 de Cátedra -revista independiente de la UAA publicada en marzo de 1976- hicimos un comentario sobre la destitución en los siguientes términos: “El señor rector -y quienes junto con él se creen dueños de la Universidad- han iniciado un proceso que se han imaginado breve y sencillo. Esperemos y veamos si la realidad corona sus aspiraciones”.

Ahora, 40 años después, reiteramos lo dicho y no redoblamos el paso: lo mantenemos por el tiempo que sea necesario.

La descripción de mi participación en el proceso electoral de 1975-1976 ha sido extensa, pero me parece importante destacar el hecho de que un simple ciudadano sin representación alguna puede manifestar, en forma respetuosa y pacífica mediante la utilización de su libertad que desde luego conlleva riesgos -como lo dijera López Portillo-, problemáticas que involucren a grandes sectores de la población, dándolas a conocer a quién interesa y mostrando a la vez la forma de hacerlo. No digo que haya ocurrido por primera vez, pero de ahí en adelante se empezaron a hacer frecuentes interpelaciones personales al Ejecutivo que antes se consideraban impensables.

Además, de alguna manera vamos presenciando cambios que, aunque lentos y vacilantes, se van dando. Por ejemplo, el mercantilista crédito educativo de la UAA que tiende a desaparecer, sobre todo con el Fondo Estatal de Becas que acaba de anunciar el Gobierno del Estado; es cierto que contiene serias fallas, como limitarlo al nivel profesional cuando no está resuelto el problema del nivel básico; abrirlo a estudiantes que no sean de escasos recursos; exigir calificación de 8.5 desde el inicio que difícilmente se encontrará entre jóvenes desnutridos; pero sobre todo, incurrir en el afán de deformar la educación pública mediante la intervención mercantil de la iniciativa privada, desprendido tal vez de la influencia del novedoso estilo extranjero de las Charter Schools, que el gran capital encontró para financiar sus negocios “educativos” con nuestros impuestos; además habría que tener mucho cuidado al revisar la forma en que se pretende organizar el servicio social, que sólo es exigible cuando favorece a las clases necesitadas.

Pero por algo se empieza; todo es cuestión de que la comunidad universitaria aprenda a ejercer sus derechos y los de la sociedad mediante el uso inteligente de su libertad, pues sería una burla que, por ejemplo, se exigiera que el importe se utilizara no como beca propiamente dicha, sino como sustituto del crédito educativo; es decir, hay que empezar por definir qué es lo que se debe entender por beca.

(Continuará)

Aguascalientes, México, América Latina

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