Ser ciudadano, más allá de votar, está relacionado con un compromiso para la construcción de ciudades donde podamos desarrollarnos plenamente, participar en asuntos públicos, acompañar a nuestros representantes en su labor para que conozcan cuales son los intereses de sus representados. Nosotros como ciudadanos y ciudadanas tenemos diferentes medios para participar y cumplir con nuestra responsabilidad de ejercer nuestra ciudadanía. Una de estas formas es a través de los diversos instrumentos de participación ciudadana que contempla la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Aguascalientes.
Los instrumentos de participación ciudadana son los medios legales para que los ciudadanos ejecuten acciones con la finalidad de incidir en la toma de decisiones públicas y la administración de los recursos públicos. Estos instrumentos o herramientas se presentan a la ciudadanía por medio de una ley que abre la oportunidad a la ciudadanía para la participación por estos canales y, a la vez, obliga a los entes públicos a canalizar las observaciones y demandas recibidas por estos medios.
Cada vez más, los gobiernos democráticos como el nuestro, están buscando mayor participación de la ciudadanía en la forma de gobernar. La comunicación más directa, audiencias públicas entre gobernante y gobernados, transparencia en el manejo de recursos, presentación de informes anuales entre otras actividades dan una sensación de gobiernos más abiertos y, que por lo tanto, son más íntegros.
En nuestro estado contamos con una Ley de Participación Ciudadana desde el año 2001. En esta primer versión se contemplaban tres instrumentos: Plebiscito, Referéndum e Iniciativa Popular. Esta ley fue abrogada en el 2018 y sustituida por la que actualmente se encuentra vigente. En ella se amplía el catálogo de instrumentos, pasando de tres a ocho, los cuales son: Plebiscito, Referéndum, Iniciativa Ciudadana, Consulta de la Revocación de Mandato, Presupuesto Participativo, Cabildo Abierto, Consulta Ciudadana y Comités Ciudadanos.
Cada instrumento tiene un objetivo distinto, así como una forma y temporalidad distinta para su solicitud e implementación. Iniciaremos con la definición de cada uno de ellos:
Plebiscito: Mediante este instrumento los ciudadanos manifiestan su aprobación o rechazo a un acto o decisión del Poder Ejecutivo Estatal o de los Ayuntamientos, que sean trascendentes para la vida pública del Estado o del municipio (de interés público).
Referéndum: Instrumento de democracia directa, mediante el cual los ciudadanos expresan su aprobación o rechazo, por medio de su voto, sobre la creación, modificación, derogación o abrogación de normas constitucionales, leyes o normas de carácter general propias de la competencia del Congreso del Estado, o normas de carácter general expedidas por los ayuntamientos.
Iniciativa Ciudadana: Instrumento mediante el cual los ciudadanos presentan ante el Congreso proyecto de ley para crear, reformar, adicionar, derogar o abrogar disposiciones legales, a fin de que sean estudiados, analizados, modificados y en su caso aprobados por las Comisiones correspondientes y en su caso por el Pleno Legislativo.
Consulta de la Revocación de Mandato: Es el instrumento de participación mediante el cual los ciudadanos someten a consulta y votación la permanencia en el cargo de un ciudadano que desempeña un puesto de elección popular.
Presupuesto Participativo: Es el instrumento mediante el cual la ciudadanía elige y define los proyectos, realización de obras o ejecución de programas a cargo del Presupuesto de Egresos Municipal, bajo la administración, ejecución y responsabilidad de las autoridades municipales correspondientes. Los rubros generales de los proyectos sobre los que puede realizarse el presupuesto participativo son: Agua potable, Alcantarillado, Drenaje y letrinas, Urbanización municipal, Alumbrado público y de centros de población en situación de vulnerabilidad e Infraestructura básica de salud y educativa.
Cabildo Abierto: Cabildo abierto es el instrumento en el que los ciudadanos tienen derecho a exponer problemáticas de temas específicos al Ayuntamiento.
Consulta Ciudadana: Es a través de ella que los ciudadanos del Estado y sus municipios, pueden expresar su opinión o propuestas respecto a planes, programas o acciones de interés social.
Comités Ciudadanos: Órganos de representación vecinal que tienen como función principal vincular a los habitantes del entorno con las autoridades públicas del gobierno estatal y municipal, para el logro de beneficios comunitarios en temas relativos a la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de obras y servicios públicos.
Para que los instrumentos de participación ciudadana funcionen, requieren la participación de personas en lo individual u organizadas en colectivo, que tengan interés de solicitar su implementación. Los ciudadanos debemos ser los primeros interesados en llevar estas herramientas del papel elaborado por el legislador, a la práctica, donde seamos los ciudadanos los que tomamos la palabra y forjemos el rumbo del Aguascalientes en que deseamos y merecemos vivir.




