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viernes, febrero 6, 2026

Pide comisión permanente del Congreso de la Unión a CNDH, impugnar ante Corte Pin Parental

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  • Congreso exhortó a las 32 legislaturas locales a respetar el derecho a la educación laica, científica, equitativa, inclusiva, intercultural e integral
  • Sólo en Aguascalientes el Legislativo aprobó reformar su Ley de Educación para establecer que la autoridad educativa estatal el Pin Parental

 

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión pidió a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ejercer su facultad de impugnar, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la constitucionalidad de las reformas que  restringen el acceso a la educación en salud sexual y reproductiva.

En la sesión de este 5 de agosto, el Congreso rechazó las reformas promovidas en las entidades federativas conocidas como Pin Parental, por considerarlas violatorias de los Derechos Humanos de niñas, niños y adolescentes, y exhortó a las 32 legislaturas locales a respetar el derecho a la educación laica, científica, equitativa, inclusiva, intercultural e integral.

A la fecha, sólo en Aguascalientes el Legislativo aprobó reformar su Ley de Educación para establecer que la autoridad educativa estatal debe dar a conocer previamente a los padres de familia los contenidos sobre “moralidad, sexualidad y valores” a fin de que puedan determinar si sus hijas e hijos pueden o no asistir a las actividades donde se impartan estos temas.

La reforma fue publicada el 25 de mayo de 2020, mediante el decreto N.341, pero en este caso  la Comisión de Derechos Humanos de Aguascalientes promovió una acción de inconstitucionalidad. La CNDH no se ha pronunciado sobre el llamado del Congreso de la Unión.

En los estados de Querétaro, Ciudad de México, Baja California, Veracruz, Morelos, Chihuahua y Guanajuato, los diputados, principalmente del Partido Encuentro Social, han planteado reformas semejantes.

El punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente recuerda, que como la expresó públicamente la Secretaría de Gobernación en julio pasado, el artículo tercero constitucional establece que los planes y programas de estudio deben tener perspectiva de género y una orientación integral, por lo que de debe incluir el conocimiento de las ciencias y humanidades, promoviendo estilos de vida saludables, incluida la educación sexual y reproductiva.

Asimismo, al hacer un análisis de la legislación vigente en el país, la Comisión Permanente determinó que la la Ley General de educación señala que le corresponde al Estado la rectoría de la educación y que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que dice que se debe salvaguardar su interés superior.

Las y los diputados consideraron desafortunado que en algunas entidades federativas se presenten iniciativas con estas modificaciones para limitar la enseñanza de contenidos educativos, aduciendo convicciones de carácter ético o moral de los padres de familia, desconociendo que la educación sexual resulta ser un derecho fundamental.

Esta semana organizaciones feministas de Chihuahua iniciaron acciones como manifestaciones en el Congreso estatal y conversatorios virtuales para evidenciar que la falta de educación en sexualidad provocaría desconocimiento de medidas de prevención de la violencia de género, transmisión de enfermedades, embarazos adolescentes o uso de métodos anticonceptivos, entre otros.

 

Anayeli García Martínez | Cimacnoticias

 

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