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jueves, febrero 5, 2026

La Corte y la agenda antiderechos/ Yerbamala 

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Dice bien Galván que la contundente respuesta del Estado mexicano a los torpes e ignorantes senadores y senadoras ultraconservador@s (aunque lo nieguen, para mayor ridículo si cabe) que enlodan su propia investidura como representantes de la ciudadanía dando foro público al nefasto dirigente del derechista y protofascista partido español Vox; quedó a cargo nada menos que de la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien en días pasados emitió una clara sentencia despenalizando el aborto en toda la República e incluso en las entidades donde esté sancionado, como en Coahuila. Y lo hizo en estos términos: “La fórmula legislativa de orden penal, que fue elegida por el Congreso local y que contiene la criminalización de la interrupción voluntaria del embarazo en todo momento, supone la total supresión del derecho constitucional a elegir de las mujeres”.

De este modo, la SCJN resolvió que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta y se pronunció por primera vez a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir libremente, sin enfrentar consecuencias penales. Y lo mejor es que a partir de ahora, las razones de la Corte obligan de modo claro a todos los jueces de México, que al resolver casos futuros, deberán considerar que son inconstitucionales las normas penales de las entidades federativas que criminalicen el aborto de manera absoluta. Se trata así de dar contenido y viabilidad judicial a los derechos y la lucha por los derechos y libertades de las mujeres, particularmente de las más vulnerables, siendo el primer efecto de dicha decisión: la extinción de casi 700 causas penales donde se enjuiciaba a mujeres por abortar. Muchas de ellas encarceladas.

La Corte dio este paso histórico en una votación unánime, declarando concretamente inconstitucional el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que sancionaba (así, en tiempo pasado hasta el día de la histórica sentencia) “con prisión de uno a tres años a las mujeres que abortaran de manera voluntaria y a quienes las asistieran”. Como informó el ministro presidente Zaldívar, dicho fallo establece un criterio obligatorio para todos los jueces y juezas del país, por lo que casos similares, pendientes de resolución en cualquier juzgado y tribunal, deberán fallarse respetando dicho criterio. Lo anterior significa que: “a partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte” en los supuestos considerados válidos por el tribunal constitucional.

Entendemos que la despenalización del derecho de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos no significa una Corte feminista, tampoco es una orden ni menos una invitación para abortar, como sostiene la agenda conservadora en México, sino que es una conquista civilizatoria y un triunfo del estado democrático de derecho, que al menos pone un poco a México en su nuevo tiempo, como deseaba el gran Carlos Fuentes; al convertirnos en la primera nación de nuestro entorno (y a contrapelo de lo que sucede en la vecina y retrógrada Texas, por ejemplo), donde un tribunal constitucional se pronuncia claramente sobre el Derecho Humano de la mujer a determinar libremente si desea ser madre. Es así como a las y los integrantes de la Corte corresponde ahora el mérito de haber puesto punto final a una deplorable práctica e inercia que mantenía y aún mantiene en gran medida un Derecho Fundamental de las mujeres en el limbo, dejado a la arbitrariedad de caciques y congresos locales; aunque en realidad la verdadera victoria es de todas y cada una las mujeres que durante muchos años, han empujado para hacer efectivos y no letra muerta, sus Derechos Fundamentales.

Pero la batalla por el pleno reconocimiento de los derechos de las mexicanas (en éste caso también en materia de derechos sexuales y reproductivos) de ninguna manera está ganada, con todo y una Corte que da muestras crecientes de un progresismo social sin precedentes. Una vez despenalizado el aborto, queda ahora la enorme tarea de regularlo. Y corresponderá al Congreso discutir y aprobar las normas que fijen los plazos y los procedimientos legales, así como disponer la creación de la infraestructura y asignar los recursos necesarios para garantizar el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo a todas las mujeres que así lo decidan. Porque no debe obviarse que para muchas mujeres la interrupción del embarazo es una dura decisión, cargada aún de culpas y una gran estigmatización familiar y social, por lo que los servicios públicos sociales y de salud deberán prepararse para acompañar a las mujeres mexicanas con pleno respeto a sus decisiones legales. Así que no podemos más que celebrar un avance trascendental en el largo y sinuoso camino para desmantelar pieza por pieza un régimen obsoleto, patriarcal, misógino e injusto que han padecido las mujeres en el camino a la igualdad sustantiva de derechos.

COLA. Como no hay una sin dos, la propia Corte ha resuelto al menos otros dos asuntos relevantes que tienen que ver con la despenalización del aborto recientemente. Por una parte, decidió también sobre la desconstitucionalización, o expulsión del orden constitucional, de adefesios como el llamado “derecho a la vida desde la concepción”, que muchas legislaturas locales con agenda ultraconservadora se han inventado cínicamente para burlar por la puerta de atrás los criterios garantistas de la Corte. Y muy recientemente eliminó la objeción de conciencia en la ley General de Salud en los términos de su actual redacción, que era violatoria también de Derechos Fundamentales. Así que al menos por una vez, podemos y debemos estar orgullosos de nuestro tribunal constitucional. Es deseable, posible y más necesario que nunca que vengan muchas decisiones más como estas en la SCJN.

 

@efpasillas

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