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sábado, febrero 7, 2026

Organizaciones internacionales piden a AMLO cumplir sentencia de la CoIDH sobre arraigo  

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Organizaciones internacionales de derechos humanos alentaron al gobierno de Andrés Manuel López Obrador a cumplir en sus términos las sentencia contra México emitida recientemente por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) que ordena al Estado mexicano modificar el marco jurídico de las figuras del arraigo y la prisión preventiva oficiosa, que son contrarias a los estándares internacional de derechos humanos. 

Al celebrar la sentencia a favor de los hermanos Gerardo y Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile y de Gustavo Robles López, víctimas de detención arbitraria, arraigo y prisión preventiva oficiosa en 2006, tras ser acusados de delincuencia organizada y terrorismo, delitos de los que fueron exculpados en 2008, la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), Fair Trials y el Consejo Internacional para las Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura (IRCT) destacaron que en 2014 el relator sobre Tortura, Juan Méndez, y en 2019, el Comité contra la Tortura de la ONU (CAT) se pronunciaron en contra del arraigo, por ser una figura permisiva con la tortura. 

Las organizaciones señalaron que hasta diciembre de 2022 había 228 mil 530 personas privadas de libertad en las cárceles mexicanas, “de las cuales 41% se encontraban bajo prisión preventiva, es decir, sin sentencia”. 

De acuerdo con información de la Fiscalía General de la República (FGR), de 2008 a 2020, 8 mil personas fueron arraigadas, en tanto que el Registro Nacional del delito de Tortura a nivel federal reportó la apertura de 3 mil 068 expedientes por tortura y 2 mil 496 por tratos crueles entre 2018 y 2022 apuntaron las organizaciones. 

Ante la resolución de la CoIDH, las organizaciones coincidieron que “representa una oportunidad invaluable para que México continúe avanzando en el respeto y garantía del derecho internacional de los derechos humanos”. 

Instaron al Estado mexicano a “fortalecer la investigación y documentación temprana y efectiva de delitos, en atención a las salvaguardas del debido proceso, para que las autoridades judiciales cuenten con elementos necesarios para resolver con prontitud bajo la garantía de los derechos humanos”. 

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