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viernes, diciembre 5, 2025

Seis diputados impugnan calendario electoral; no quieren dejar el cargo para reelegirse

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • Seis legisladores promovieron juicios de protección de derechos ante la Sala Monterrey del TEPJF
  • Buscarían que se declare inconstitucional esta obligación, que ellos mismos aprobaron en mayo pasado

 

Seis diputados de la LXIII Legislatura del Congreso del Estado impugnaron el calendario electoral, específicamente el apartado que establece que, para ser reelectos, los servidores públicos deben primero dejar sus cargos.

Elsa Amabel Landín Olivares y Edith Citlalli Rodríguez González de la bancada del Partido Revolucionario Institucional (PRI); Sergio Augusto López Ramírez y Silvia Alaniz, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM); Jesús Morquecho Valdez, del Partido Encuentro Social (PES); y Alejandro Mendoza Villalobos, de Morena, presentaron ante la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) un juicio para la protección de los derechos político-electorales en contra de la agenda del proceso electoral local 2017-2018.

El documento, publicado en el Periódico Oficial del Estado (POE) en su edición del 16 de octubre, establece que quienes pretendan participar en la contienda, deberán pedir licencia para dejar su curul por lo menos 90 días antes de los comicios -a más tardar el 2 de abril de 2018- como lo mandata el Código Electoral para el Estado de Aguascalientes en su artículo 156-B.

La probable intención de los legisladores que promovieron el medio de impugnación, es que se declare inconstitucional la obligación de separarse de sus puestos. El argumento pudiera sustentarse en la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que a finales de agosto prohibió las licencias forzosas en el estado de Yucatán, permitiendo que los diputados locales e integrantes de los ayuntamientos -propietarios y suplentes- de esa entidad federativa puedan ser reelectos para el periodo inmediato sin tener que dejar el cargo; por medio del aval a una fracción del artículo 218 de la Ley Electoral yucateca.  

Hasta el cierre de la presente edición, no aparecían los expedientes en la página de la Sala Monterrey; sin embargo, en los estrados del Instituto Estatal Electoral (IEE) se observaron las correspondientes cédulas de notificación.

La separación obligatoria de los cargos para los representantes populares que busquen reelegirse fue incorporada al Código Electoral en la última reforma publicada el 29 de mayo de 2017, luego de que el pleno del Poder Legislativo local aprobara las modificaciones a dicha normativa con base en un dictamen presentado por la Comisión de Asuntos Electorales, la cual es presidida por Elsa Amabel Landín Olivares, una de las diputadas que se inconformó con la medida.

De acuerdo con declaraciones de la misma diputada priista, por lo menos la mitad de los legisladores locales estarían interesados en repetir el cargo.

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