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viernes, diciembre 5, 2025

Diputados que decidan reelegirse no deben desatender sus funciones

Claudia Rodríguez Loera
Claudia Rodríguez Loera
Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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  • Quienes decidan reelegirse deberán hacer no sólo un doble esfuerzo de trabajo y compromiso, sino también un doble ejercicio de transparencia
  • Ante dictamen de la Sala Monterrey, la Comisión legislativa de Asuntos Electorales habrá de realizar la reforma pertinente

 

La reciente resolución de la Sala Monterrey del Poder Judicial de la Federación con relación a permitir que diputados y servidores públicos permanezcan en su cargo al mismo tiempo de estar en campaña en busca de la relección o por un cargo de elección popular, representa un doble compromiso para los interesados, expuso la presidente de la Comisión de Asuntos Electorales en el Congreso del Estado, Elsa Amabel Landín Olivares, al considerar que quienes se interesen por dicha situación habrán de ser muy cuidadosos de no desatender las funciones para las que fueron elegidos, ya sea por el voto ciudadano o la confianza que en ellos depositó un gobernante.

Remarcó que para los diputados esta intención de reelegirse representará no sólo un doble esfuerzo de trabajo y compromiso, sino también un doble ejercicio de transparencia, y sólo quienes se sientan capaces de abarcar estas situaciones podrán salir adelante en su interés de continuar en la curul.

“Los diputados debemos ser cuidadosos de no abandonar nuestra función primaria como legisladores, pues quienes votarán por nosotros sopesarán el trabajo que hicimos y hacemos; debemos ser diputados comprometidos para convencer con nuestro trabajo a la aprobación en caso de que deseemos ser reelegidos y cumplir con las dos partes: la legislativa y la campaña”, externó la priista.

Señaló que ahora desde la Comisión de Asuntos Electorales será necesario realizar las modificaciones pertinentes, con base en este reciente dictamen de la Sala Monterrey, pues cuando se ejecutaron las últimas modificaciones no existía jurisprudencia alguna en torno a este tema, pues la resolución de la Corte, en el caso Yucatán, misma que fue base para el caso Aguascalientes, fue posterior al ejercicio legislativo de reformas al Código Electoral local.

Luego de que la Sala Monterrey del Poder Judicial de la Federación dio por aprobado el recurso de impugnación que interpusieron ante esta instancia federal tres diputados locales, mismo que en un primer momento presentaron ante el Tribunal Estatal Electoral seis integrantes de la actual Legislatura, cuya recomendación fue ir al juzgado inmediato superior.

Dicho procedimiento estaba encaminado a solicitar un dictamen a la Suprema Corte sobre la constitucionalidad de la reforma al Código Electoral de Aguascalientes en torno a la separación con licencia del cargo para ir a una campaña de reelección, esto por parte de los diputados Sergio Augusto López Ramírez, Silvia Alanís del Partido Verde Ecologista de México y Alejandro Mendoza del partido Movimiento de Regeneración Nacional.

En dicha resolución, la Sala Monterrey pide al Instituto Estatal Electoral revocar el acuerdo que había en el calendario en torno a los requisitos de participación, de tal forma que deciden anular la parte en donde se exige la licencia a diputados y servidores públicos para contender dentro de las próximas elecciones locales; de tal manera que no será necesario que los legisladores se separen del cargo en busca de la reelección, al igual que los funcionarios públicos que decidan contender hacia un puesto de elección popular.

 

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