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viernes, diciembre 5, 2025

La militarización del país se ha politizado y salido de contexto

Adriana García Campos
Adriana García Campos
Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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  • Se deben analizar intervenciones específicas alternas a la militarización para el combate a la inseguridad
  • Con la permisión desde 1996 de que secretarios de la Defensa y la Marina formaran parte del Consejo de Seguridad Nacional Pública se vulneró su participación en labores de seguridad pública

 

En la discusión sobre la Ley de Seguridad Interior es muy importante hacer una reflexión más profunda para determinar qué políticas o intervenciones específicas se podrían aplicar para hacer frente al problema latente de inseguridad que impera en el país, consideró el investigador del Centro de Investigación y Docencia Económicas, Alejandro Madrazo Lajous, en videoconferencia como parte del Foro que en materia realizó el colectivo Ciudadanía Informada y Activa.

El experto en política de drogas puntualizó que el tema de la militarización se ha politizado y salido de contexto, “se ha convertido en una especie de peloteo, entre posturas que vemos moverse poco”; dijo que están quienes como él sostienen con datos e información que la LSI es inconstitucional y esta política de tener al ejército en las calles es contraproducente, ya que genera más violencia de la que evita; por otra parte están los que argumentan que fue la única medida viable que tenía el entonces presidente Felipe Calderón ante la amenaza del narcotráfico, que ahora se traduce en que la formación de policías va a tardar años, por lo que consideran factible la participación de la fuerzas castrenses y con ello justifican este marco legal.

No obstante refirió que esta situación se ha vivido desde hace doce años en el país, por lo que la mencionada ley está dando forma a lo que ya ocurre; no por ello deja de ser una ley inconstitucional, su imposición es compleja, con piezas muy evidentes, como la utilización del Ejército y la Marina para una función que constitucionalmente les está prohibida, misma que estaba clara en el artículo 129 que sostiene que las fuerzas armadas no pueden realizar tareas más que de estricta disciplina militar en tiempos que no sean de guerra.

Madrazo Lajous recalcó que eso debería bastar para que no se permitiera la intervención de dichos grupos armados en funciones de seguridad pública; sin embargo, explicó que debido a que la constitución no era muy relevante hace algunas décadas en el país, se vulneró la participación del Ejército, a pesar de la prohibición constitucional, en operativos como Operación Cóndor y en la erradicación de cultivos de la amapola en el norte país, derivado de la presión del gobierno de Estados Unidos para asumir parte de su guerra contra las drogas.

En otras actividades también se desplegaban las fuerzas armadas, como en la represión de movimientos sociales y guerrillas en los años 70; el integrante del Sistema Nacional de Investigadores subrayó que esta última acción pudo considerar constitucional por la idea de que ante un conflicto bélico interno se pudiera hacer uso de las fuerzas públicas, tiene asidero en la Carta Magna mas nunca se utilizó. “Nunca realmente se activaron los mecanismos legales, siempre se estuvo violando la constitución en esas instancias”.

Para 1996 se aprobó una ley de un nuevo Sistema de Seguridad Nacional pública, desde entonces se tenía la intención gubernamental de que fuera profesional, la ley contemplaba que los secretarios de la Defensa y la Marina formaran parte del Consejo de Seguridad Nacional Pública, no obstante, en ese entonces la oposición en el Congreso impugnó esa ley por considerar que con ello se daba a las fuerzas armadas funciones de seguridad pública, “siendo que la Constitución en el artículo 29 dice que deben estar en los cuarteles estrictamente cuando no estemos en guerra”, detalló.  

El investigador explicó que este caso se fue la Corte que falló sólo sobre el punto de que si los titulares de las instancias de Defensa Nacional podrían sentarse o no en el Consejo Nacional de Seguridad Pública; resolvió que sí podían realizar funciones de seguridad pública siempre y cuando fueran auxiliares, en este caso serían sólo parte de la administración pública y no como mandos operativos en funciones.

“Se publicó una tesis muy desafortunada que no especificaba que las labores auxiliares eran como mandos administrativos y no como fuerzas operativas y simplemente se dijo que podían cumplir funciones auxiliares”, lamentó; con base en esta la clase política empezó a abusar de las fuerzas armadas, con su participación en muchas más funciones de seguridad pública que se habían utilizado antes; además se les otorgó el mando de fuerzas policiacas a mandos militares, lo cual fue creciente a partir del gobierno de Ernesto Zedillo y continuó en el sexenio de Vicente Fox, pero como algo marginal.

Sin embargo, dijo, en 2005 en la Ley de Seguridad Nacional se incluyó como una amenaza a la seguridad nacional las acciones que obstruyan la persecución de la delincuencia organizada; un año después haciendo uso de esta ley Felipe Calderón hace un despliegue masivo del Ejército para realizar tareas de seguridad pública desplazando a las policías sin una crisis real al respecto en todo el país, con lo cual se consideró desde entonces un marco legal para la militarización, que ahora se pretende entre en vigor.  

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