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sábado, diciembre 20, 2025

Carta a las y los legisladores de Aguascalientes

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Marcela Martínez Roaro

Abogada y Educadora Sexual

 

Señoras legisladoras y señores legisladores de Aguascalientes:

Es sumamente preocupante que realicen su trabajo sin conocimiento del mismo. Si bien no es requisito tener formación jurídica para ocupar una curul en el Congreso, está prevista una partida presupuestal para cubrir honorarios a profesionales del derecho que les orienten e instruyan en la elaboración de las leyes. ¿No contratan a estos profesionales o a quienes contratan carecen del mínimo conocimiento de técnicas legislativas?

No es la primera ocasión que elaboran leyes sustentadas en su exclusivo y personal criterio, opinión, ideología, religión y/o intereses personales, sin la mínima conciencia de que esas leyes producen sufrimiento, afectan y trastocan vidas humanas. 

Más preocupante aún es que ignoren y pasen por alto que, si bien ganaron por el voto de quienes confiaron en ustedes, una vez que ostentan el cargo, representan a TODA LA CIUDADANÍA, incluyendo a quienes no votaron por ustedes y a aquellas y aquellos cuyo pensamiento es contrario al de ustedes.

El pasado 25 de mayo, fue publicada en el Periódico Oficial la Ley de Educación del Estado de Aguascalientes, coincidente, con la nueva Ley General de Educación, publicada, como toda norma Federal, en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2019.

No es nuevo que ustedes ignoran cosas tan elementales como que las leyes tienen jerarquía o dicho en términos populares, las gallinas de abajo, no pueden ensuciar a las de arriba. Una ley estatal, no puede contravenir a una Ley Federal y mucho menos a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Con derroche de irresponsabilidad, acorde a su conservadurismo, ignorancia y miedo a los avances del progreso, legislan en la mencionada Ley Estatal de Educación, en el artículo 4º, parte final del quinto párrafo,: “….la Autoridad Educativa Estatal dará a conocer de manera previa a su impartición, los programas, cursos, talleres y actividades análogas en rubros de moralidad, sexualidad y valores a los padres de familia a fin de que determinen su consentimiento con la asistencia de los educandos a los mismos, de conformidad con sus convicciones.”

¡OTORGAN A LA AUTORIDAD EDUCATIVA ESTATAL Y A PADRES DE FAMILIA, -QUE NO A LAS MADRES- DERECHOS Y FACULTADES CONTRARIAS A LEYES FEDERALES!

PRIMERO. La Constitución Federal, en el artículo 3º constitucional dispone:

*“Corresponde al Estado la rectoría de la educación, la impartida por éste, además de obligatoria, será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica.”

*“Los planes y programas de estudio tendrán perspectiva de género y una orientación integral, por lo que se incluirá el conocimiento de las ciencias y humanidades: … en especial la música, la promoción de estilos de vida saludables, la educación sexual y reproductiva…”

SEGUNDO. La Ley General de Educación:

*En el artículo 23 dispone: “La Secretaría determinará los planes y programas de estudio, aplicables y obligatorios en toda la República Mexicana, de la educación preescolar, la primaria, la secundaria…” 

Obvia y evidentemente se refiere a la Secretaría Federal de Educación Pública.

*En el artículo 26 ordena: “Cuando los planes y programas de estudio se refieran a aspectos culturales, artísticos y literarios o en materia de estilos de vida saludables y educación sexual integral y reproductiva, la Secretaría de Cultura y la Secretaría de Salud, respectivamente, podrán hacer sugerencias sobre el contenido a la Secretaría a efecto de que ésta determine lo conducente.” 

Se refiere a instancias federales no estatales y mucho menos a padres de familia.

*El artículo 30 enuncia los contenidos de los planes y programas de estudio de la educación que imparta el Estado, de acuerdo al tipo y nivel educativo, entre los cuales está: 

“X. La educación sexual integral y reproductiva que implica el ejercicio responsable de la sexualidad, la planeación familiar, la maternidad y la paternidad responsable, la prevención de los embarazos adolescentes y de las infecciones de transmisión sexual;”

*El artículo 128 menciona, entre los derechos de quienes ejercen la patria potestad o la tutela: 

“VIII. Conocer de los planes y programas de estudio proporcionados por el plantel educativo, sobre los cuales podrán emitir su opinión;” 

Ni la Constitución Federal, ni la Ley General de Educación otorgan derecho alguno a quienes ejercen la patria potestad o la tutela -incluidos padres de familia- para impedir el aprendizaje de algún contenido de los planes y programas de estudio de las y los educandos “de conformidad con sus convicciones.”

TERCERO. Tal vez por no haber estudiado en escuelas federales, ignoran ustedes que no existen en los planes y programas oficiales absolutamente ningunos “rubros de moralidad”, ni se tocan en ninguna parte asuntos que aludan a dicho tema.

CUARTO. Los valores que se imparten en la escuela pública, no son valores familiares ni personales, sino los valores que dan identidad, cohesión y fortaleza a una sociedad y a un país, plural y diverso, como lo es México y Aguascalientes. Son valores universales: libertad, igualdad, fraternidad, justicia, tolerancia democracia, etcétera. Su impartición no se somete al “consentimiento” ni a la “conformidad de las convicciones” de ningún padre de familia.

QUINTO. Mientras ustedes dan la espalda y cierran los ojos a la realidad, en Aguascalientes, en el seno de esa “sacrosanta familia” que defienden a ultranza, hay niños y mujeres de todas las edades que están padeciendo violencias de todo tipo; menores y jóvenes con enfermedades de transmisión sexual o que se suicidan por el estigma -que ustedes contribuyen a reforzar- de su orientación sexual o identidad de género; niñas y adolescentes embarazadas por falta de educación sexual científica, integral y laica; abusadores sexuales que se aprovechan de la ignorancia, la indefensión o la pobreza, para lucrar sexualmente con los cuerpos de menores y mujeres.

Señoras diputadas y señores diputados esa parte final del quinto párrafo del artículo 4º de la Ley Estatal de Educación, les pinta de cuerpo entero y evidencia su nivel y calidad de trabajo legislativo.

Ya basta de legislar con la Biblia en la mano, bajo las órdenes del obispo, con sus propias ignorancias, miedos, culpas y tabúes en torno a la sexualidad, con sus dobles morales, valores, mitos, prejuicios y frustraciones personales. 

¿HASTA CUÁNDO VAN A ASUMIR RESPONSABILIDAD Y CONCIENCIA DE LA NATURALEZA Y TRASCENDENCIA DE SU ENCARGO?

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