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viernes, diciembre 5, 2025

Iniciativas de reformas en contra del especismo (2ª. Parte)

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En la entrega anterior les comenté que tendríamos nuestra 12ª sesión del Seminario Permanente de Ética Animal, coorganizado entre el Departamento de Filosofía de la UAA y Movimiento Ambiental de Aguascalientes en el que tendríamos un conversatorio en el que se discutirían las iniciativas presentadas recientemente al senado para modificar el estado legal de los animales no humanos en la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos. Esta vez quiero compartir con ustedes lo más relevante de esa sesión.

Para comenzar quiero comentarles que se han presentado tres propuestas, dos iniciativas con proyecto de decreto por parte del grupo parlamentario de Morena en la LXV legislatura y otra por parte de la senadora Rocío Adriana Abreu Antiñano y el senador Ricardo Monreal Ávila.

La primera propuesta del grupo parlamentario tiene que ver con una solicitud en la que se pide modificar el código civil federal en materia de reconocimiento de los derechos de los animales, para que éstos dejen de ser vistos como cosas inertes e insensibles, y se reconozca por ley que son seres sintientes que merecen ser tratados con dignidad y respeto, derecho que puede ser salvaguardado por un tutor bajo la figura de Tutela con el siguiente criterio:  

Artículo 450 Bis.- Para el caso de la tutela de los animales, la misma será ejercida por la persona que esté a cargo de su cuidado o de cualquier persona que ostente interés en su beneficio. Las disposiciones contenidas en este título, sólo serán aplicables en todo lo que sea compatible con la naturaleza de los animales y de las demás disposiciones legales que deban observarse.

El tutor de un animal tendrá, además las obligaciones previstas en este Código, las siguientes:

  1.               Otorgar un trato digno y respetuoso al animal;
  2.             Procurar la salud del animal:

III.           Cumplir con las disposiciones de protección previstas en las leyes aplicables, y

  1.           Representar al animal ante cualquier autoridad.

La otra iniciativa con proyecto de decreto solicita que se reforme el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reconocimiento de los derechos de los animales no humanos y ésta, al igual que la anterior, presenta una exposición de motivos que justifica, con base en estudios científicos, que los animales no humanos poseen capacidades sensibles (experimentar dolor y sufrimiento), psicológicas (experimentar alegría, estrés, sufrimiento etc.) y estados de conciencia (capacidad de conocer, memorizar, resolver problemas básicos, etc.)  con base en su especie, en cierta forma similares a las de cualquier ser humano, y que no hay razón ni pruebas para que éstas les sean negadas y se les siga considerando como meras cosas. La falta de reconocimiento de estas capacidades y de su protección legal, ha solapado que millones de animales no humanos sean privados, por parte de miembros de nuestra especie, de su derecho a conservar sus hábitats, su libertad y más aún sus vidas, como lo señalan muchos estudios estadísticos en los que se muestra que diariamente millones de animales no humanos son sacrificados para satisfacer el mercado. Esta ceguera axiológica en contra de los animales no humanos va perdiendo terreno, muestra de ello es que en todo el mundo se están generando acciones civiles y jurídicas para defender a estos seres indefensos y México no se está quedando atrás, como lo demuestran algunos de nuestros representantes políticos. Es por ello que el grupo parlamentario señalado solicita que se adicione al artículo 4º constitucional lo siguiente:

Esta constitución reconoce a los animales no humanos como seres sintientes y sujetos de derechos, quienes gozarán, sin discriminación por especie y en tanto sean compatibles con su naturaleza, de los derechos establecidos en esta Constitución, instrumentos internacionales relativos y las leyes que para tal efecto se expidan, siendo obligación del Estado Mexicano la rectoría sobre la garantía de su cumplimiento. Los animales no humanos ejercerán sus derechos conforme a la tutela que, en su beneficio podrá ejercer, en su caso, la persona bajo cuyo cuidado se encuentre o cualquier persona que ostente un interés en beneficio del animal no humano. Todos los animales no humanos deberán recibir un trato digno y respetuoso.

Como vemos esto es una muestra del interés que social, científico y político que va adquiriendo esta causa a favor del bienestar y el derecho de los animales no humanos y a la que cada vez se suman más personas alrededor del mundo de diferentes maneras, sea a través de manifestaciones públicas, por medio de la investigación, la solicitud de modificaciones en la legislación o cambiando sus hábitos alimenticios. Esta es una causa que no debe desconocerse y mucho menos dejarse de lado. En la siguiente entrega volveremos a retomar este tema con base en la propuesta de los senadores Monreal y Abreu que, por cuestiones de espacio, me veo obligado a dejar pendiente. 

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