Daniel Omar Gutiérrez Ruvalcaba
Durante más de un siglo, la Constitución ha ido adecuándose a los diversos cambios y necesidades sociales, dentro de los cuales, se han atendido las exigencias de las mujeres. Cabe recordar que, en este camino, se ha reconocido la ciudadanía de las mujeres, así como el ejercicio de su derecho al voto pasivo y activo, hasta llegar a hacer obligatoria la paridad sustantiva en cargos de elección popular.
En consecuencia, actualmente las mujeres han participado de mayor manera en los asuntos políticos de nuestro país, logrando no solamente su visibilidad en la democracia mexicana, sino además ocupando un lugar preponderante, sirva de ejemplo a lo anterior, el resultado histórico en el ámbito federal y local de los pasados procesos electorales, en donde se materializó por primera vez la paridad de género en el Senado de la República, en la Cámara de Diputados e incluso en el Congreso del Estado de Aguascalientes, donde se obtuvo la mayoría de diputadas electas.
Lo anterior, es resultado de las incansables luchas, protestas y demandas de los diversos movimientos de mujeres -de los organizados (HeForShe, Metoo y demás movimientos feministas)-, y también de los hombres que han sumado su apoyo y esfuerzo a éstos.
Hoy en día, uno de los principales obstáculos de la paridad es la violencia generalizada en contra de las mujeres. El aumento de su participación activa y representación política, ha ido aparejada de un incremento de la violencia ejercida en su contra, con lo que se dificulta su participación en asuntos políticos y desincentiva su interés en la vida democrática del país.
Es de mencionar que la violencia es un acto visible y complejo, que existe materializado, aunque algunos actores políticos aún sean renuentes a las medidas afirmativas por creer que la discriminación y violencia es un tema superado, es de resaltarse que, en el proceso electoral federal del 2018, se registraron 106 agresiones en contra de mujeres que eran actoras políticas, 16 mujeres fueron asesinadas, entre las cuales siete eran precandidatas y candidatas a cargos de elección popular.
En Aguascalientes la realidad no es distinta, registrándose ya en el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, 5 asuntos que versan sobre denuncias por violencia política en razón de género, incluso quedando uno de ellos acreditado en el proceso electoral 2017-2018.
Además en México, la Ley General en Materia de Delitos Electorales no tipifica la violencia política de género por lo que no ha sido tarea fácil para las autoridades electorales perseguirla y sancionarla. Sin embargo, autoridades electorales como el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Instituto Nacional Electoral, entre otros más, elaboraron el Protocolo para la Atención de la Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, con el compromiso de garantizar el libre ejercicio de los derechos político-electorales como parte integral de la protección de los derechos humanos de las mujeres.
Este documento ha servido de base para fijar guías y permitir sancionar este tipo de conductas violentas. Aunado a ello, existe ya la Jurisprudencia electoral 21/2018, mediante la que se establecen los elementos a observarse para acreditar violencia política de género. Esto sin duda alguna, da mayores herramientas a los juzgadores para sancionar y erradicar estos comportamientos.
Queda claro que aún hay mucho por hacer, la violencia política de género, ocasiona un ambiente desfavorable para el ejercicio igualitario de los derechos político electorales de la ciudadanía.
El problema de discriminación y violencia sigue vigente, por lo que el gobierno, partidos políticos, instituciones electorales, actores políticos y la ciudadanía en general debemos respetar los movimientos pacíficos y ordenados de las mujeres, y fomentar la creación de políticas públicas y medidas legales que potencien sus derechos políticos, de tal manera que el género femenino -históricamente vulnerado- se encuentre libre de violencia.




