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lunes, febrero 2, 2026

¿Qué son las plataformas electorales?/ Debate electoral 

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De conformidad con la agenda electoral aprobada por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral, desde el pasado 3 de noviembre y hasta el 15 de diciembre próximo, se encuentra en curso una de los plazos para la presentación de un documento que en la mayoría de las veces pasa desapercibida pero que guarda en sí, una importancia mayúscula dentro de cualquier proceso electoral, me refiero a la presentación de las plataformas electorales, tanto políticas como legislativas.

Y afirmo que dicha actividad no es valorada en su justa medida, ya que a pesar de que pareciera que es un requisito formal, de trámite pues, y por ende que carezca de algún impacto o trascendencia en el desarrollo de la contienda, lo cierto es que es todo lo contrario, ya que las distintas candidaturas que en su momento postularán las diversas fuerzas políticas participantes en la contienda, en teoría debieran de ajustarse a lo que establezca la plataforma que su respectivo partido político presentó meses atrás para su registro, es pues la carta de navegación, la brújula sobre la cual, todas sus propuestas deberán de ceñirse. Lamentablemente, en los hechos, la gran mayoría de la ciudadanía desconocemos siquiera de que se trata o que implica la presentación y eventual aprobación de las plataformas electorales dentro de un proceso electoral.

Por lo que empezaré por explicar qué son las llamadas plataformas electorales, las cuales son propuestas de carácter político, económico y social enarboladas por los partidos políticos, ya sea con registro nacional o local, en sus declaraciones de principios y descritas en sus programas de acción, las cuales se constituyen en las que serán las líneas de acción que ofrecerán todos y cada una de sus candidatas y candidatos durante las campañas electorales del proceso electoral del que se trate.

En otras palabras, las plataformas electorales, se convierten en la guía de propuestas tanto políticas (tratándose de la elección de la gubernatura como de ayuntamientos) como legislativas (tratándose de la renovación de diputaciones) que los partidos se comprometen (previa revisión y validación ante la autoridad electoral) ante los electores, a sostener durante las campañas electorales, lo cual no es poca cosa: las plataformas representan un compromiso y al mismo tiempo un instrumento para que la ciudadanía, desde las propias campañas electorales, verifique lo que cada opción política ofrecerá y con ello pueda hacerse de un concepto más claro respecto de la opción política a favor de la cual emitirá eventualmente su voto, un voto razonado pues.

El Código Electoral de nuestro estado, establece que las mencionadas plataformas se presentarán ante el Instituto Estatal Electoral, mismo que dentro de los siguientes 10 días a su presentación, debe verificar que no contravengan los derechos fundamentales y prerrogativas de los ciudadanos, y que en caso de que se verifique que existiere alguna contravención, se podrá requerir al partido político de que se trate, para que sea subsanada en un plazo de 5 días.

Es tal la importancia de dicho instrumento que el propio Código Electoral prevé que en el caso de que un partido político o aspirante a candidatura independiente, puesto que las candidaturas independientes también están sujetas a esta obligación, no presente su plataforma política o legislativa según sea el caso, el Consejo General lo tendrá por no acreditado y por lo tanto no podrá participar en el proceso electoral correspondiente, de ahí su importancia y peso específico en el proceso.

La deseable sería que una vez que sean aprobadas las plataformas en comento, y que la autoridad electoral le de la publicidad correspondiente, el electorado en un ejercicio de responsabilidad, se dé a la tarea de estudiarlas, analizarlas e incluso discutirlas, a efecto de saber a nivel macro, los principales ejes sobre los cuales cada partido político ofrecerá propuestas ya en concreto de gobierno (la implementación de políticas públicas, definición y visión de los principales problemas sociales que aquejan al Estado y su forma de resolverlos) o bien legislativas (dentro de las cuales, se supone que nuestros representantes en el congreso del Estado propondrán reformas respecto a los temas contenidos en las plataformas).

Por parte de la autoridad, el compromiso es cumplir cabalmente con lo establecido en el código electoral, es decir, recibir debidamente los documentos que presenten los partidos políticos y en su momento, los aspirantes a una candidatura independiente, revisarlas cabalmente y, en caso de detectar algún contenido contrario a la legislación o derechos humanos, prevenirla y permitir sean subsanadas en tiempo y forma, para que una vez que sean aprobadas ponerlas a disposición de la ciudadanía para su análisis y discusión, todo con el objeto de favorecer la construcción de un voto informado, un voto razonado del electorado. 

Pero, como siempre, la responsabilidad recae enteramente en nosotros, las ciudadanas y los ciudadanos, quienes habremos de seleccionar a nuestros representantes ante el gobierno, a las personas, hombres y mujeres, que tendrán la tarea de administrar los recursos públicos que nos vemos obligados a contribuir, para que nos sean devueltos en servicios que satisfacen nuestras necesidades colectivas. El primer paso para ir construyendo esa conciencia ciudadana, entonces, lo damos desde este año: revisemos con lupa cuántas propuestas existen, cuáles son los cargos por los que habremos de votar, en su momento analicemos los perfiles que buscan nuestro voto, y el día de la elección, con toda seguridad decidamos por la propuesta que nos convenga y nos convenza.

/LanderosIEE | @LanderosIEE

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